Archivo de mayo de 2005
Testigo Musical
Recojo el testigo musical que recibo de Fernando Polo.
¿Cuanta música tengo en mi ordenador?
Pues…poca…aproximadamente 1 Giga entre el PC y el portatil, y 256 Megas en el lector de emepetreses. Off line cienes y cienes de vinilos, cedeses y casettes.
Último disco que me compré
Rhapsody in Blue en la versión de Katia y Marielle Labèque y la Cleveland Orchestra.
Canción que estoy escuchando ahora
“An englishman in New York” de Police.
5 canciones para una vida
* “Still loving you” de los Scorpions (por razones obvias)
*“Dreamer” de Supertramp (la escucho casi a diario desde hace 25 años)
*“Princesa” de – cuando todavía era – Sabina (banda sonora del BUP y el COU)
*“Caruso” en la interpretación de Pavarotti.
*“Another brick in the wall” de Pink Floyd (solía acompañar mi lectura de las fundaciones de Asimov.
Le paso el testigo a:
Javier
Javier
Javier
Javier
y…por cambiar de nombre de pila, a
Me dejo a algunos amigos…pero seguro que les llega el testigo por otra vía.
El meme fue iniciado por Superporcel y lo llamó Un Testigo Musical.
KDD Webmasters & Bloggers
Corto y pego:
“Primer Encuentro de Webmasters & Bloggers en el Milímetro Digital de La Almozara: 4 junio.
Sábado, 4 de Junio 2005 a partir de las 11 de la mañana:
Aperitivo / Primer Encuentro de Webmasters & Bloggers en el Milímetro Digital de la Asociación de Vecinos Ebro de La Almozara (Río Guadalope, 9, Zaragoza).”
más información (y mapa) en Cartas a Blogia
Proyecto RHODAS del M.A.P.
Publicado por el Ministerio de Administraciones Públicas en junio de 2.002, como continuación al proyecto ISENGARD. Extracto del documento el apartado
“4.4 RAZONES PARA EL CAMBIO Y VENTAJAS QUE APORTA
Uno de los principales motivos para la realización de este proyecto es el económico. Hay que tener en cuenta el elevado precio de una licencia de Windows NT o Windows 2.000, además del software ofimático (Office 97, Corel Wordperfect, programas específicos, etc. Este coste es muy elevado; si a ello le añadimos el número de puestos a instalar (miles) más el mantenimiento de los mismos el precio es desorbitado. Sin embargo al usar Debian GNU/Linux y aplicaciones libres o GPL, las cuales representan más de 8.000 paquetes de software, los costes se reducen a 0 €uros. Todo este coste ahorrado se puede invertir en la instalación, mantenimiento y terminación del sistema, no teniendo que gastar nada en licencias.
Este es quizás el motivo más importante, pero hay otros que suponen importantes mejoras en el sistema informático actual del M.A.P. cómo por ejemplo: la seguridad, fiablidad y robustez del sistema operativo, no teniendo que gastar nada en licencias.
En definitiva, las ventajas que se obtienen al usar Debian GNU/Linux y soluciones basadas en software libre son:
* Bajo coste. Como se ha mencionado anteriormente supone un ahorro importante al no pagar por licencias.
*Independencia total de cualquier sector privado o empresa. Esto supone no estar atado a las condiciones de mercado impuestas por ciertas empresas en situación de monopolio.
*Seguridad y privacidad. Al disponer siempre del código fuente siempre se conocerá su funcionamiento interno, se encontrarán y corregirán mucho antes los posibles errores, filtraciones y otros problemas de seguridad. Actualmente Linux es inmune ante la inmensa mayoría de los virus, que afectan casi exclusivamente a los sitemas Windows.
*Adaptabilidad. Las modificaciones y correcciones de posibles errores se realizan de forma inmediata. De esta forma las aplicaciones están en contínua mejora y en proceso de evolución.
*Calidad. El software libre, al ser de dominio público, está continuamente siendo usado y depurado por un gran número de desarrolladores y usuarios del mismo, que añaden y demandan constantemente nuevas funcionalidades.
*Respeto a los estándares. El uso de software libre y de sistemas abiertos facilita la interoperabilidad, siendo ésta un aspecto fundamental para las Administraciones Públicas, dada la gran cantidad de unidades con responsabilidades en informática.
*Redistribución. Cualquier cambio y mejora que se introduzca en programas bajo licencia libre debe ser incluído en posteriores versiones y publicado en el código fuente. Así el desarrollo tecnológico es contínuo, dinámico y toda la sociedad se beneficia de él.
*No hay restricción legal de uso. No hay limitación en el número de licencias ni de copias.
*Continuidad. El hecho de que el código fuente esté disponible para todo el mundo garantiza el derecho de cualquier persona o empresa a continuar su desarrollo.
*Facilidad en la creación de nuevos desarrollos. Se pueden iniciar nuevos proyectos basados en el código de cualquier programa libre, o adaptarlo sin necesidad de solicitar autorización al respecto.
Linux posee actualmente potentes entornos gráficosmuy intuitivos y amigables, al estilo de Windows. Esto permite una migración más suave para el usuario final.”
(David Barreño Molina, Javier Ballesteros Plaza, Ruben Cuesta Arnaldo, Fernando Ferreira Farreres, Luis Gutierrez López, Laura Lozoya Sánchez)
El proyecto RHODAS es abandonado en noviembre de 2.002; los motivos esgrimidos por el M.A.P. :
“insuficiencia de recursos humanos”
“inexistencia de un formato de intercambio de documentos que permita la interoperabilidad”
“A juicio del Tribunal de Cuentas, sin embargo, no está justificada la concurrencia de ninguno de estos motivos ni, en su caso, las consecuencias que se podrían extraer de los mismos”.
(apartado 2.7 “in fine” del Informe de Fiscalización sobre el análisis de la eficiencia del Proyecto RHODAS: Migración a estaciones de trabajo LINUX para el usuario final en el Ministerio de Administraciones Públicas aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 30 de marzo de 2.005).
En el mismo año (2.002) el Ministerio de Justicia registra, finalmente, la marca LexNet.
Francia dice NO
Los primeros sondeos apuntan al NO de los franceses a la Constitución Europea. Chirac lo ha confirmado por televisión.
vaya, vaya…
Lexnet y Walqa – tecnologia para Aragon
Hace unos días analizábamos la adecuación del programa piloto lexnet en Zaragoza a la legalidad vigente en materia de interoperabilidad y neutralidad tecnológica con ocasión de su presentación en Zaragoza.
Hoy leo que la multinacional del software ha inaugurado su primer Technology Center (MTC) del sur de Europa. y que lo ha hecho en Walqa
Cuántas novedades tecnológicas están ocurriendo en Aragón!
esta entrada no tiene título
Si tienen conocimiento de la comisión de un delito contra la integridad de los niños denuncienlo
y, por favor, no olviden que los niños son sagrados
“despide a un montón de abogados”
¿para que no haya nadie que pueda explicar lo que significa esta frase profesor Lessig?
“2. Límites y uso legítimo de los derechos. Nada en esta licencia pretende reducir o restringir cualesquiera límites legales de los derechos exclusivos del titular de los derechos de propiedad intelectual de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual o cualesquiera otras leyes aplicables, ya sean derivados de usos legítimos, tales como el derecho de copia privada o el derecho a cita, u otras limitaciones como la derivada de la primera venta de ejemplares.”
Creo que hubo alguien que dijo algo parecido respecto de los informáticos…alguien de Redmon.
Borja Marcos en el CPS
El pasado viernes, 20 de mayo, tuve la fortuna de asistir a la conferencia que impartió don Borja Marcos en el Centro Politécnico Superior de la Universidad de Zaragoza.

Toda la exposición giraba en torno a la seguridad en Internet; con especial referencia a la seguridad en los ordenadores personales (PC cliente, si se prefiere), como principal foco de infección.
Nos habló de los Botnets verdaderas “mafias digitales” capaces de infectar miles de ordenadores personales con solo navegar por la red de redes, con capacidad de controlar ataques DOS contra un sólo servidor con desconocimiento de los titulares de los PC´s; y de las soluciones, desde su punto de vista insuficientes, prpuestas por la industria del software; lo que el denominó balas de plata refiriéndose a los antivirus y – con un destello en su franca sonrisa – pensamiento mágico .
Sus soluciones, más acordes con el racionalismo científico que defiende (y que debe ser connatural a la informática), pasaban por un mejor diseño y usabilidad del software, que junto con lo que él denominó accidentes constituyen los tres grandes focos de inseguridad en Internet; y que deberían prevenirse con una mayor y mejor documentación de la programación que permita detectar y corregir a tiempo los fallos en el código fuente.
Abogó por un software CORRECTO, PORTABLE y MANTENIBLE; por una redefinición de estos términos y por la exigencia de responsabilidades a quienes desarrollan software inseguro.
Sin resolver estos males endémicos corremos el riesgo de llegar a la digitalización “sin cabeza” de todo.
Borja Marcos es responsable de seguridad de Sarenet
(mini) Jornadas Copyleft
Organizadas por el hacklab de zaragoza, en colaboración el CSA4?5?1 y la asociación cultural la katxarraka.
Han tenido la amabilidad de invitarme. El programa completo ( corto y pego ):
- martes 24 de Mayo a las 19 horas en CSA4?5?1 “introducción al copyleft – Experiencias editando con copyleft” Ponentes: Rubén Pollán (Downgrade) y David(Traficantes de Sueños) Rubén hará una introducción al copyleft y David nos contará la experiencia de Traficantes de Sueños editando libros con licencias copyleft.
- miércoles 25 de Mayo a las 19 horas en el CSA4?5?1 “La cultura libre desde el punto de vista del derecho comunitario – la influencia del common law” Ponente: Pedro J. Canut (abogado especializado en Propiedad intelectual) Pedro dará una charla explicando como se aplican las leyes a la cultura libre y luego se abrirá espacio para que el publico pregunte sus dudas legales.
- jueves 26 de Mayo a las 19 horas en el CSA4?5?1 “mesa abierta sobre música libre” Invitados: Juako Malavirgen (cantautor), distribuidora MalaRaza y la Katxarraka Encuentro para discutir acerca de la música libre, abierto a todo el que quiera participar en el debate.
- sábado 28 de Mayo a las 21 horas en la Sala Arrebato “Concierto Presentación Rec’n'Play: Libera tu musica” Grupos: Angela Chaning (hardcore), Juako Malavirgen (cancion/humor), Rebel Spell (ska/rudejota), REM (por confirmar). Rec’n'Play es un CD de musica libre editado por la asociación cultural la katxarraka. Este concierto lo organizan ellos para presentarlo. La entrada cuesta 3 euros, y con ella te regalan el CD.
Hablaremos de Lessig, profesor universitario autor de free culture, de derecho comunitario…analizaremos si el no del Senado al cánon de los CD´s es para alegrarse, o para echarse a llorar, y haremos un guiño (con permiso de los expertos ) al fenomeno de la cultura libre en la red por definición: la bitácora (que por algo en Aragón tenemos a dos de los más importantes CMS´s en español, Blogia y Acelblog ).
LexNet – Carta abierta al Colegio de Abogados (I)
Estimad@s compañer@s:
Tras un año de informar verbalmente de algunos de los problemas que, a mi entender, representaba la implantación del proyecto LexNet en la forma en que se está verificando; silenciando errores y (lo que yo, humildemente, considero) medias verdades, en la eterna promesa de que el proyecto estaba en fase de pruebas y que todos los “flecos” quedarían resueltos antes de su definitiva puesta en funcionamiento, me veo en la obligación moral de transmitiros por escrito las – ya anunciadas – cautelas; en la confianza de que hagais cuanto esté en vuestra mano, que me consta es mucho, para evitar que este proyecto siga adelante con su actual configuración. Los problemas, técnicos y jurídicos, a los que aludo son:
1º.- No se cumple con el requisito de interoperabilidad y neutralidad tecnológica que nos impone la Unión Europea al obligar a los operadores jurídicos al uso de un único sistema operativo (microsoft windows XP), un único navegador web (Internet Explorer 6.0) y un único cliente de correo electrónico (microsoft oulook exprés 6.0), de los que son ejemplo el documento de trabajo de la Comisión sobre interoperabilidad y el Plan de acción e-Europe 2.005, y en el ámbito español los Criterios de Seguridad, Normalización y Conservación de 24 de junio de 2004 dictados en desarrollo del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado; de cuyos criterios de normalización extracto lo que sigue:
“Se denomina software libre aquél software, todo software, producto o desarrollo a medida, que se distribuye bajo una licencia, según la cual el autor (cedente de la licencia) cede una serie de libertades básicas al usuario (licenciatario) en el marco de un acuerdo de concesión (licencia):
* La libertad de ejecución; es decir, de utilizar el programa con cualquier fin en cuantos ordenadores se desee.
* La libertad de conocer y estudiar cómo funciona el programa.
* La libertad de modificar o mejorar el programa.
* La libertad de redistribuir copias a otros usuarios.
…/…
El fenómeno del software libre y de fuentes abiertas constituye una revolución en el ámbito de las tecnologías de la información sin parangón desde que se produjeron los primeros momentos de expansión de Internet o, tal vez, desde la introducción de las políticas de sistemas abiertos. El debate en términos de ‘software libre sí o no’, se encuentra a estas alturas superado por una realidad de facto que tiene un alcance estratégico y unas dimensiones que no pueden ni obviarse ni ignorarse; es un hecho su presencia creciente en organizaciones del sector público y del sector privado.
Para la Administración, ente generador y receptor de software, el ejercicio de las libertades de ejecución, conocimiento, modificación y redistribución tiene consecuencias de alcance en las aplicaciones utilizadas para el ejercicio de potestades, que afectan a cuestiones tales como la defensa del interés general, la transparencia, la eficacia, la independencia tecnológica, la seguridad, el control sobre los propios programas y aplicaciones, el acceso y conservación de la información en soporte electrónico y, en concreto, a cuatro requisitos operativos perseguidos por la Administración a lo largo de sucesivas oleadas tecnológicas, ya planteados en su día en la política de sistemas abiertos, y que pueden ser aplicados asimismo en relación con el software libre y de fuentes abiertas:
* Libertad de elección, del equipo físico, los programas o los servicios. El síndrome de cliente cautivo con frecuencia conduce a que actualizaciones y migraciones en entornos propietarios se hagan en unas condiciones de negociación muy desfavorables para la Administración.
* Protección de la inversión, en equipo físico, en programas, en formación de técnicos y usuarios, frente a la discontinuidad de los productos, bien por políticas comerciales o bien por desaparición del mercado del suministrador.
* Mejor relación precio/rendimiento. En el caso del software libre y de fuentes abiertas, los precios no se determinan en régimen de monopolio de oferta, pues favorece la competencia.
* Garantía de comunicación e interoperabilidad de los sistemas, especialmente si se tiene en cuenta la necesidad de la Administración de ofrecer el servicio público a los ciudadanos.”
2.- Consecuencia de lo expuesto en el ordinal 1º se quiebra, siempre en mi modesta opinión, el secreto profesional y el Derecho Fundamental a obtener la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 24 C.E. al imponer una tecnología de código cerrado (el usuario no tiene acceso al código fuente) propietaria que, además, representa un desembolso constante y esclavo en software y – no lo olvidemos – en hardware (que pueda soportar con garantías un S.O. como el propuesto en el proyecto LexNet).
3.- Como formador de los cursos impartidos por el Colegio he detectado el preocupante – con honrosas excepciones – nivel en ofimática de los compañeros. La implantación del proyecto, tal como está diseñado en la actualidad, podría privar a una importante mayoría de abogados de ejercer la profesión “por no tener máquina de escribir”, abriéndose de manera preocupante, todavía más, la brecha digital.
4.- La dependencia del Ministerio de Justicia podría suponer un grave ataque a la independencia de nuestra profesión; y el alojamiento permanente de todos los expedientes en los servidores del Ministerio de Justicia podría conculcar el Derecho a la Intimidad y a la Autodeterminación Informativa de nuestros clientes; derechos consagrados en el artículo 18 de Nuestra Carta Magna.
5.- El proyecto se está llevando a cabo sin transparencia alguna; la única información escrita que me consta; excepción hecha de los “manuales de formador” y la convocatoria pública a la jornada de esta tarde , proviene de Internet , y no precisamente del Ministerio de Justicia, ni de la web de redabogacía. Es deseable que un proyecto de esta importancia se someta a la publicidad y transparencia que impone el Estado Social y Democrático de Derecho que es España.
Soy, os consta, incansable defensor de las Nuevas Tecnologías; y partidario de la e-administración; pero no así, no a este precio.
Os ruego, por ello, no seais complices, ni nos hagáis cómplices a los colegiados, de este proyecto en su actual configuración.
y no soy el único que está preocupado
UPDATE 23:48
Ya se ha publicado una crónica de la jornada de ayer
UPDATE 2/6/05
Quizás todo esté relacionado…o quizás no.
free culture?
Buscando documentación y relaciones entre software libre y cultura libre

me he encontrado estos avisos legales:
“Copyright Linux Online Inc.
Compilation ©1994-2005 Linux Online, Inc.
All rights reserved.”
“©Copyright 1998-2003 por R. M. “El rincón de Linux”.
Todos los Derechos Reservados”
“Copyright © 1997-2005 SPI; Vea los términos de la licencia
Debian es una marca comercial registrada de Software in the Public Interest, Inc.”
“Copyright © 1994 – 2005 SSC Publications, Inc.. All rights reserved.”
…todo ésto es muy complicado para mí.
¿Barco de esclavos?
“la definición de una idea brillante es que es evidente después de conocerla”
A $ 1.800/ mes, libres de impuestos no parece sino que los sueldos de los programadores estadounidenses y los impuestos usanianos podrían ahogar a las empresas de software. La otra opción se llama deslocalización … y eso tampoco gusta.
Móviles, Juzgados y Abogados
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha revocado el acuerdo adoptado de prohibir el acceso a los Juzgados con móviles con cámara, respecto a los abogados; corto y pego:
“Teniendo en cuenta que los mencionados aparatos se han convertido en un instrumento de comunicación necesario para el adecuado desarrollo de la profesión, considera improcedente la citada retirada de teléfonos móviles al acceder a las dependencias judiciales, tanto si dichos aparatos tienen una cámara para la captación de imágenes integrada como si no la tienen, todo ello sin perjuicio de las facultades para mantener el orden de la Sala que corresponden al Presidente del Tribunal o al Juez que presida el acto judicial celebrado en audiencia pública y que se contemplan en el artículo 190 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.”
Parece que se ha impuesto la cordura, no creen?
¿Ética bloguera? (sí, otra vez)
El próximo 17 de mayo de 2005 en el Hotel Wellington de Madrid tendrá lugar la
IV JORNADA DE PERIODISMO COCA COLA – Periodismo digital. ¿Qué poder?, ¿qué responsabilidad?
Leyendo lo que ha escrito alguno de los ponentes, me temo un renacimiento de la sempiterna cruzada en torno a la “ética bloguera” o “los insultos anónimos”.
Verán vds. un blog, por definición, es una bitácora personal, con independencia de si se trata de un sito web estructurado en php, o en html “made in dreamweber”, si responde a un nombre de dominio titularidad del bitacorero, o está alojado en un CMS; y en este contexto la única ética que se pretende es la de su autor y sus comentaristas, que ni son periodistas, ni notarios (o al menos no pretenden ejercer de tales).
Otra cosa muy distinta es que determinados medios utilicen el formato blog (php) como un medio de comunicación de la misma forma que un diario impreso o un canal de TV. Estos “blogs” sólo tienen de blog el formato y, generalmente, el nombre; del mismo modo que un “blog corporativo” no es sino un sitio web de una empresa al servicio del negocio (por más que esté alojado en un CMS y estructurado en php).
Las cosas – en la red, como en el mundo “real” – son lo que son, con independencia del envoltorio (¿o acaso un taxi deja de ser un transporte público por tratarse de un automóvil utilitario en lugar de un autobús de sesenta plazas?).
Si un periódico opera bajo la forma de blog estará sometido a la misma ética que un diario impreso; pero si un periodista “regenta” un blog conforme a la definición arriba expuesta estará sometido a la ética de la persona humana que escriba en él.
En cuanto a los “insultos anónimos” la L.S.S.I.C.E. y – sobre todo – el código penal tienen resuelto el problema hace tiempo.
Si alguien me insulta de forma anónima en un blog alojado en un CMS, puedo optar por comentar en el blog, “hacerme el sueco”, o interponer una denuncia antes los tribunales, que ya se encargarán ellos y la brigada de delitos informáticos de requerirle al CMS la IP del “presunto” (siempre presunto) delincuente, y de la telefonera de turno el nombre del usuario de la línea. Sí, ya se, vds. dirán:
¿y que pasa si el CMS está alojado fuera de España y no conocemos a su titular, o si el CMS no conserva los logs?
Pués verán, a vuela pluma, el único CMS relevante alojado fuera del espacio común europeo, que yo conozca, es Blogger; propiedad de Google; empresa norteamericana que tiene una filial/delegación en España.
¿y si el CMS no guarda los logs?
Pués, cual gallego que no soy, sólo me queda preguntar a mi vez ¿y si MAPFRE, por poner un ejemplo, no cumpliera con la legislación de seguros?
Si tienen ocasión, y están en Madrid el martes que viene, no dejen pasar la oportunidad de acudir a esta Jornada (por fortuna, además de periodistas, habrá abogados para hablar de leyes y jurisprudencia….y de más cosas)
Greenpeace tiene abogado
Y es colegiado del R.e I. Colegio de Abogados de Zaragoza. No es objeto de esta bitácora el derecho medioambiental, pero en un tiempo en el que nadie apostaba por el derecho medioambiental (ni siquiera el CGAE) un abogado Zaragozano enfocó su actividad profesional a esta – entonces nueva – rama del Derecho.
Los frutos del trabajo llegaron, y hoy por su despacho pasan una buena parte de los conflictos judiciales en la materia; no sólo de Aragón sino, como toda España tuvo ocasión de ver hace un par de días en los telediarios de las cadenas de TV con ocasión del último juicio de Greenpeace, a nivel nacional.
…y tiene web
la historia, según decir de algunos, es cíclica.
AEAT y LOPD
navegando, navegando…
“[PDF] RELACIÓN DE ALUMNOS APROBADOS Y CON CERTIFICADO AEAT Total de …
Formato de archivo: PDF/Adobe Acrobat – Versión en HTML
… RELACIÓN DE ALUMNOS APROBADOS Y CON CERTIFICADO. AEAT. con logo Aston …
AEAT. MAE. con logo Aston. Alumno. Nivel. Nota Final. Nota Máx …
www.inap.map.es/inapweb/pdfs/inglcert.pdf – Páginas similares”
uno se encuentra de todo…
update 19 de junio de 2.005
Parece que Enrique tiene razón y Google, lo mismo que censura a los chinos, “borra” referencias que no gustan a la administración española. Y, a fecha de hoy, Google ha hecho desaparecer este otro post que cuestionaba a la AEAT
El post salía en primera página de Google hasta ayer tarde con la búsqueda:
Una buena idéa (y 2)
Con relativa frecuencia, cuando una puntocom contrata mis servicios para legalizar su sitio web el principal problema que encuentro para adaptar el sitio web, los contratos (on line y off line) y las herramientas de contacto con los clientes y usuarios no viene desde la dirección (una vez que se han convencido de que cumplir la ley es “justo y necesario” son todo facilidades), ni del departamento de informática (que, generalmente, esperan como agua de mayo que alguien – quien sea – les explique que ha querido decir el legislador cuando ha escrito, por ejemplo, “periodo máximo de doce meses”). No, los problemas para “legalizar” un sitio web vienen siempre del departamento de marketing; y uno se encuentra con muros como éstos:
1.-¿qué hay que explicarle a la gente que las cookies se quedan almacenadas por los siglos de los siglos remitiendonos puntualmente información sobre su navegación?
2.- ¿que tenemos que explicar en lenguaje comprensible el procedimiento de contratación? ¿no se supone que los abogados estáis para decir las cosas sin que se entiendan?
3.- ¿es necesario que sepan que vamos a utilizar sus datos para bombardearles con publicidad?
Estas son sólo algunas de las perlas que uno acostumbra a oir cuando se pone a “legalizar”; por no hablar de los requisitos de seguridad lógica que deben implementarse en los formularios de contacto y/o contratación (“eso asusta a la gente” te dicen). A duras penas, y no sin antes haberles facilitado una copia – o enlace, que es más efectivo – de las sanciones en que puede incurrirse por la inobservacia de la/s ley/es, el departamento de marketing va aceptando “perder la batalla”.
Les cuento todo ésto ( y recuerden que este post es un (y 2) ) porque esta mañana he recibido el siguiente correo electrónico, con el subjet PUBLICIDAD:
Les informamos de la reciente creación del blog eTc - El blog de
marketing en español

“Vd. recibe este e-mail por haberlo obtenido de una fuente accesible
al público; lo que le informamos de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 5 LOPD; si bien no ha sido integrado en ningún fichero
automatizado de caracter personal, ni – en consecuencia – será cedido
a tercero. Si vd. nos autoriza a ello sus datos serán incorporados a
un fichero titularidad de TERRITORIO CREATIVO a solos efectos de
informarle de nuestras promociones y noticias de su interés. Si vd. no
responde a este correo dando su autorización no recibirá más correos
como este.”
De que forma tan sencilla mis “spameadores” han cumplido, en su comunicación conmigo, de un golpe con dos de las más temidas leyes para los internautas: la L.O.P.D. y la L.S.S.I.C.E.
¿cuando han recibido vds. un e-mail publicitario en el que, además de avisarles que se trata de publicidad, le informan de dónde han obtenido su dirección de correo y, en el colmo de lo inaudito, no sólo no me obligan a darme de baja de un servicio no contratado, sino que me informan que si yo no se lo pido no recibiré más correos suyos?
Cuando me estaba reponiendo del ataque de alegría he reparado en los remitentes:
eTc - El blog de
marketing en español
Una empresa de marketing. No podía salir de mi asombro, así que he izado velas y he puesto rumbo a eTc , con la insana intención de encontrar un fallo (o dos si son pequeños).
La página me ha gustado mucho. El formato blog me ha parecido un acierto y…los avisos legales…podían estar mejor (cierto), pero – tengo que reconocerlo – respetaban la norma…y me he encontrado con la tercera (y va la vencida) temida ley: la de propiedad intelectual. Los de “eTc” lo han solucionado con un copyright “de los de siempre” respecto de aquello que afecta a sus clientes y con una “licencia” CC.
Conocen vds. mi postura respecto de las presuntas “licencias”…pero, a fin de cuentas se trata de una empresa de marketing, y las CC es el mejor marketing del Internet del siglo XXI.
Formalmente cumplen. eso no quiere decir que cumplan de fondo, pero el e-mail que he recibido esta mañana me hace pensar que también.
Algo está cambiando cuando una empresa de marketing cree que cumplir la ley es un valor añadido a su producto, y se preocupa por la privacidad de sus usuarios y por transmitir una imagen de cumplimiento de la legalidad y respeto a sus clientes.
Ojalá no sea la última, pero desde luego – que yo conozca – es la primera, y el que pega primero pega dos veces. Así se gana uno la confianza de sus usuarios.
A estas alturas – y merced a los avisos legales – ya me había dado cuenta de quien estaba detrás de este invento…y vds. …a que esperan para comprobar si lo que pongo aquí es cierto?
Lexnet en los Juzgados de Zaragoza
Ya es oficial.
corto y pego el calendario de implantación de Lexnet en Zaragoza:
Hasta primeros de junio se desarrollará la fase de pruebas. A partir del día 16 de mayo, cinco Juzgados de Primera Instancia pasarán a la segunda fase en real en que se efectuarán las notificaciones electrónicamente y en papel, incorporándose cada semana 5 Juzgados más, de modo que, a mediados de Junio, todos los Juzgados de Primera Instancia de Zaragoza procederán a realizar las notificaciones de forma telemática. Desde ese momento, se notificará exclusivamente por esta vía a los Procuradores y a todos aquellos abogados que se den de alta en Lex-Net y así lo soliciten, en aquellos procedimientos en que no sea necesaria la representación por parte de Procurador. (fuente: reicaz )
Ya se ha implantado en la comunidad valenciana ,
Se prevee que en 2.007 todos los Juzgados de España funcionen a través del sistema lexnet.
Un buen principio
Hace cincuenta y cinco años, tras dos devastadoras guerras mundiales, la cordura empezaba a tomar forma en la vieja Europa. Se firmaba el Tratado Constitutivo de la C.E.C.A., gérmen de lo que hoy conocemos como Unión Europea.
Cincuenta y cinco años más tarde la sombra de la paz por la fuerza, y la seguridad frente a la libertad, continúa siendo muy alargada; la propaganda sustituye a la información y la coacción cercena la libertad de expresión.
Cincuenta y cinco años más tarde Internet (con el permiso de Mr. Carnivore) es el único reducto que resiste “…encore et toujours a l´invahisseur …
Pese a todo ello, hoy levanto mi copa para celebrar que hace cincuenta y cinco años se firmó el primer tratado de una nueva Europa y, quizás – ojalá – un nuevo mundo.
Una buena idéa (1)
Recibo e-mail informándome de una nueva iniciativa en ésto de la blogocosa; el blog corporativo de “Territorio Creativo” . A vuela pluma, excelente visión de marketing (como no podía ser de otra manera viniendo de quien viene ) y atractivo diseño.
Mañana les comento el “chequeo jurídico” … les avanzo un “diagnóstico” de notable alto.
Era de esperar algo así
El recorte de las asignaturas de humanidades va creciendo día a día desde hace unos años, sea cual sea el gobierno de turno. Aunque cierto es que los ministerios de cultura y educación parecen ese sillón de los favores donde se coloca al listo/a de turno del gobierno de idem; ministerios de 2ª cuya única misión – a las pruebas me remito – consiste en fabricar competitivos consumidores; no vaya a ser que esa masa de contribuyentes sojuzgados empiece a pensar, a leer, a crear, y deje de creer en la industria política, en la industria paracultural y en la bondad de la vivienda de 30 metros cuadrados, cuadrados como el soporte oseo del encefalograma plano de nuestros dirigentes.
Ya hemos llegado a ese punto sin retorno en el que ni la geografía de la piel de toro es la misma en todas las comunidades autónomas; Aragón, sin ir más lejos pierde el 50% de su territorio según los “mapas” propuestos por Cataluña (la que no quiere mezclar su sangre con los foraneos, de Senegal o Puente La Reina) y Euskadi (el de las vascas y los vascos de erre hache negativo); ni la historia es la misma (¿sabían ustedes que existió, al parecer, un Reino de Cataluña?)…otros pueblos más celosos de su historia (vease el caso de China) se alzan contra el revisionismo orweliano de su pasado propuesto por Japón. Aquí no, aquí nos tragamos una historia adulterada y aceptamos – sin pestañear – que la educación de nuestros hijos se transforme en una “F.P. de democracia cuatrienal y consumo”. ¿Qué será lo siguiente? ¿la quema de libros? ¿los delitos de pensamiento? ¿la primacía de la seguridad frente a la libertad? ¿la criminalización expresa del único medio – la red – que cuestiona el stalinismo cultural al que estamos sometidos desde la coronación del todopoderoso emperador de occidente?
Latín, historia, filosofía, arte, cultura (NO CONFUNDIR CON INDUSTRIA PARACULTURAL) van cediendo, inexorablemente, horas lectivas. La educación general básica ha dejado de ser ese acerbo cultural común que ha permitido que nuestros ingenieros y matemáticos de hoy sepan interpretar la ciencia desde la perspectiva humanista para convertirse en “preparatorio del grado de ingeniero de tornillos del 8″. Las inquietudes culturales de nuestro tiempo se han sustituído por un moderno “panem et circenses” llamado videoconsolas y furbol ( “el jurgol es así”).
Corto, pego y suscribo el siguiente texto robado de abladías :
“Manifestación
Por la defensa de la educación artística y musical en el sistema público de enseñanza
Ministerio de Educación y Ciencia-Puerta del Sol
12 h.
8 de Mayo de 2005, Madrid
El Anteproyecto de la Ley Orgánica de Educación (puedes consultar el texto completo en http://www.mec.es/) que empieza a negociarse con las Comunidades Autónomas con vistas a aplicarse a partir del curso 2006-2007, propone la reducción del horario de las materias artísticas y musicales a menos de la mitad, posibilitando que un alumno pueda finalizar la secundaria habiendo cursado un único curso de estas asignaturas, lo que supone el desmantelamiento final del ideal ilustrado de un acceso público a la cultura.
Conocemos el tremendo potencial de las formas artísticas para abrir en las mentes humanas la idea de otredad, de imaginar mundos posibles. Negamos la equiparación de cultura con consumo, de educación con formación laboral, de ciudadanos con sometidos. Defendemos una cultura abierta, no elitista, una accesibilidad pública a las aportaciones culturales que nos hacen humanos.
Esta convocatoria surge por iniciativa del colectivo de profesores de secundaria y universidad de educación plástica y visual, comunicación audiovisual, historia del arte y materias afines, estudiantes, artistas, músicos y profesionales del campo cultural para la defensa de la educación artística y musical en el sistema público de enseñanza. Este colectivo no tiene portavoces con nombre y apellidos, todo el que se sienta cercano a los pensamientos aquí recogidos debe asumir su responsabilidad y ser portavoz de los mismos por los medios que considere adecuados. Esta es una llamada a las ideas, a la imaginación, a la difusión y al debate.
Lo que lanzamos al debate público no es un conflicto laboral, sino un modelo de sociedad.
Por favor, difunde esta convocatoria.
Un saludo.”
La forma más efectiva de sojuzgar a los pueblos es privarles de su cultura y de su historia.
Algo “fresquito” para “desengrasar”
He descubierto, por el chivatazo de un amigo, una curiosa forma de busqueda, ideada, sin duda, por el webmaster de una conocida web española que nos libera de tener que recordar el nombre completo de su url.
Abran vds. google (ya saben…el conocidísimo buscador); tecleen la siguiente palabra: ladrones, en minúsculas y sin comillas, y pulsen sobre el botón de “voy a tener suerte”.
ingenioso, ¿verdad?
Ahora la ley actúa
vía kriptópolis seguimos la noticia de aquella primera demanda que se presentó en el mundo civilizado solicitando amparo contra los dispositivos anticopia de los DVD´s. El reultado: los tribunales de justicia “…han ordenado a los establecimientos de venta de DVD´s retirar de sus estanterías el film “Mulholland Drive” de David Lync” al amparo de una normativa que también rige en España.
Sra. Menestra, menos gastar el dinero de los contribuyentes para favorecer a un lobby, y más leerse las Directivas Comunitarias…que al final los consumidores (porque, a estas alturas ya hemos perdido la cualidad de ciudadanos ¿no? ) nos vamos a enfadar.
La ley actúa mediante los Tribunales de Justicia, y los Tribunales de Justicia (en el mundo civilizado) aplican la ley, y la ley reconoce el derecho a la copia privada, y el que impide el ejercicio de este derecho – que ya compensamos sobradamente con el cánon – está incumpliendo la ley.
Por alusiones
Si es vd., amable lector, asiduo de esta bitácora sabrá ya, a estas alturas, de mi oposición frontal a la patentabilidad de los programas de ordenador; por rázones socio-económicas, culturales y de imprescindible evolución de la tecnología…pero también, por tradición jurídica comunitaria y por respeto a los tratados internacionales.
No obstante lo cual, y contra lo que – seguramente – cabría esperar, no soy contrario a la Propuesta de Directiva de patentabilidad de invenciones implementadas en ordenador, en su redacción actual; sino más bien al contrario, dado que – entiendo – el actual caos creado por la Oficiona Europea de Patentes representa inseguridad jurídica y “coladero” auspiciado por Reino Unido e Irlanda y la armonización, aparte de ser objetivo de la U.E., es sana “per se”.
Por otra parte, y aunque soy consciente de las autorizadas discrepancias existentes en la red (como tuve ocasión de manifestar en mi pasada intervención en las Jornadas de Primavera de Pulsar ) estoy convencido de que la actual Propuesta de Directiva no perjudica al software ( ni siquiera al libre), sino todo lo contrario, y por ello, desde una lectura conjunta del actual texto, considero:
Qué se puede patentar:
Lo que es susceptible de ser patentado es toda invención para cuya ejecución se requiera de un ordenador, una red informática u otro aparato programable, al tener la invención una o más características que se realicen total o parcialmente mediante un programa o programas de ordenador que cumpla los siguientes requisitos:
a) sea susceptible de aplicación industrial.
b) sea nueva.
c)aporte una contribución técnica (en nuevo campo de la tecnología que no sea evidente para un experto en la materia)
Es decir, lo que es susceptible de ser patentada es la invención cuyas características técnicas se realicen con un programa de ordenador y que se ejecute en un ordenador (red informática…); no el programa de ordenador (el programa de ordenador se comporta como una herramienta, al igual que las ruedas dentadas de un reloj – mal ejemplo, porque éstas sí pueden patentarse).
Y qué no:
a) un programa de ordenador
b) las invenciones que utilizan programas informáticos expresadas en código fuente, en código objeto o en cualquier otra forma.
Por si el estudio detallado de los artículos 2, 4, 4 bis y 5 de la Propuesta de Directiva no fueran suficientemente elocuentes, existen dos razones de peso que avalan mi argumentación:
interoperabilidad
neutralidad tecnológica
Dos conceptos jurídicos de honda raigambre en derecho comunitario (y refrendados por los tratados internacionales suscritos) que se resumen en uno: libre circulación de bienes y servicios. Cualquier norma nacida en el seno de la U.E. debe responder a los principios que emanan del Tratado Constitutivo de la Comunidad; y debe interpretarse de acuerdo con ellos; y no desde una visión de derecho anglosajón.
Con la actual redacción de la Propuesta de Directiva se puede afirmar, sin temor a equivocarse, que cualquier litigio que se suscite ante los Tribunales de la U.E. obtendrá un fallo desestimatorio de quien pretenda hacer valer derechos de patente sobre un programa de ordenador; y eso es lo que debe importarle al jurista, si la ley es clara y si los tribunales la interpretan con coherencia.
Insisto, desde otros foros no se ven así las cosas; quizás porque le hacen decir a la norma lo que la norma no dice.
UPDATE 00:59 h
Podría, quizás, patentarse el “Ipod” (la “maquinita” con su software de administración de mp3); pero ello no sería obstáculo para que cualquiera – con los suficientes conocimientos de programación – desarrollara un software distinto que guardara, administrara y reprodujera mp3.
Bitácoras, Derecho y Brasil
Me cuenta José Luis Orihuela (tienen un enlace en el blogroll de la derecha) que ya existe un CMS de blogs de Derecho en Brasil.
El pasado día 22 de abril la Sección de Derecho de Internet y Nuevas Tecnologías del ReICAZ celebró la I Jornada e-derecho y bitácoras (con el aforo que en España suelen concitar este tipo de acontecimientos (40 pax), con el orgullo para la organización que el espejo patrio donde mirarse son ciudades que – como mínimo – quintuplican la población de Zaragoza – “ad exemplum” la presentación en Madrid y Barcelona de los “creative commons”).
Se han hecho eco del evento el periódico gratuíto 20 minutos (entrevista a D. Miguel Moliné ) y el Periódico de Aragón ( entrevista a media página al profesor del CPS D. Fernand0 Tricas …y el heraldo de aragón? …negando la evidencia cual aguadores del siglo XXI?
La II Jornada la celebraremos en Brasil
!
El I.C.A.B. se moja…y con argumentos
Extractado de la revista Just editada por el I.Colegio de Abogados de Barcelona; en su apartado “el agobado responde”
” ¿ES ILEGAL DESCARGAR MÚSICA DESDE INTERNET?
La descarga de música por internet se puede hacer de dos maneras. A través de las páginas en que los titulares de los derechos ponen muestras o canciones enteras a disposición de cualquier usuario, o, la más frecuente, mediante los servidores P2P. Estos servidores permiten que los usuarios que tienen canciones o álbumes enteros en sus ordenadores los compartan con el resto de usuarios, y al mismo tiempo, obtener copias de los archivos de otros. La descarga puede hacerse para hacer negocio con esta música, o para uso privado.
La comercialización es ilegal, y así lo prevé el Código Penal en su artículo 270, que establece que es un delito la distribución con animo de lucro de una obra artística sin la autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual, y eso incluye la música descargada por Internet.
La descarga para uso privado, es, no obstante, una cuestión más polémica. Tras un tiempo en el que las sentencias presentaban opiniones diversas, se ha unificado bastante el criterio, y se entiende que no es ilegal siempre y cuando el único objetivo sea disfrutar de la música.”
¿Que por qué el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza, a través su flamante Comisión Delegada de la Junta de Gobierno de Nuevas Tecnologías, no se pronuncia al respecto?
Es una buena pregunta, pero yo no tengo la respuesta…¿será que también en estos temas somos “de provincias”? ¿o acaso los responsables del ReICAZ creen que compartir música en redes p2p para uso privado es delito?
La noticia me llega vía república internet
