Archivo de mayo de 2005

Una buena idéa (1)

Recibo e-mail informándome de una nueva iniciativa en ésto de la blogocosa; el blog corporativo de “Territorio Creativo” . A vuela pluma, excelente visión de marketing (como no podía ser de otra manera viniendo de quien viene ) y atractivo diseño.

Mañana les comento el “chequeo jurídico” … les avanzo un “diagnóstico” de notable alto.

;)

Era de esperar algo así

El recorte de las asignaturas de humanidades va creciendo día a día desde hace unos años, sea cual sea el gobierno de turno. Aunque cierto es que los ministerios de cultura y educación parecen ese sillón de los favores donde se coloca al listo/a de turno del gobierno de idem; ministerios de 2ª cuya única misión – a las pruebas me remito – consiste en fabricar competitivos consumidores; no vaya a ser que esa masa de contribuyentes sojuzgados empiece a pensar, a leer, a crear, y deje de creer en la industria política, en la industria paracultural y en la bondad de la vivienda de 30 metros cuadrados, cuadrados como el soporte oseo del encefalograma plano de nuestros dirigentes.

Ya hemos llegado a ese punto sin retorno en el que ni la geografía de la piel de toro es la misma en todas las comunidades autónomas; Aragón, sin ir más lejos pierde el 50% de su territorio según los “mapas” propuestos por Cataluña (la que no quiere mezclar su sangre con los foraneos, de Senegal o Puente La Reina) y Euskadi (el de las vascas y los vascos de erre hache negativo); ni la historia es la misma (¿sabían ustedes que existió, al parecer, un Reino de Cataluña?)…otros pueblos más celosos de su historia (vease el caso de China) se alzan contra el revisionismo orweliano de su pasado propuesto por Japón. Aquí no, aquí nos tragamos una historia adulterada y aceptamos – sin pestañear – que la educación de nuestros hijos se transforme en una “F.P. de democracia cuatrienal y consumo”. ¿Qué será lo siguiente? ¿la quema de libros? ¿los delitos de pensamiento? ¿la primacía de la seguridad frente a la libertad? ¿la criminalización expresa del único medio – la red – que cuestiona el stalinismo cultural al que estamos sometidos desde la coronación del todopoderoso emperador de occidente?

Latín, historia, filosofía, arte, cultura (NO CONFUNDIR CON INDUSTRIA PARACULTURAL) van cediendo, inexorablemente, horas lectivas. La educación general básica ha dejado de ser ese acerbo cultural común que ha permitido que nuestros ingenieros y matemáticos de hoy sepan interpretar la ciencia desde la perspectiva humanista para convertirse en “preparatorio del grado de ingeniero de tornillos del 8″. Las inquietudes culturales de nuestro tiempo se han sustituído por un moderno “panem et circenses” llamado videoconsolas y furbol ( “el jurgol es así”).

Corto, pego y suscribo el siguiente texto robado de abladías :

“Manifestación
Por la defensa de la educación artística y musical en el sistema público de enseñanza

Ministerio de Educación y Ciencia-Puerta del Sol
12 h.
8 de Mayo de 2005, Madrid

El Anteproyecto de la Ley Orgánica de Educación (puedes consultar el texto completo en http://www.mec.es/) que empieza a negociarse con las Comunidades Autónomas con vistas a aplicarse a partir del curso 2006-2007, propone la reducción del horario de las materias artísticas y musicales a menos de la mitad, posibilitando que un alumno pueda finalizar la secundaria habiendo cursado un único curso de estas asignaturas, lo que supone el desmantelamiento final del ideal ilustrado de un acceso público a la cultura.

Conocemos el tremendo potencial de las formas artísticas para abrir en las mentes humanas la idea de otredad, de imaginar mundos posibles. Negamos la equiparación de cultura con consumo, de educación con formación laboral, de ciudadanos con sometidos. Defendemos una cultura abierta, no elitista, una accesibilidad pública a las aportaciones culturales que nos hacen humanos.

Esta convocatoria surge por iniciativa del colectivo de profesores de secundaria y universidad de educación plástica y visual, comunicación audiovisual, historia del arte y materias afines, estudiantes, artistas, músicos y profesionales del campo cultural para la defensa de la educación artística y musical en el sistema público de enseñanza. Este colectivo no tiene portavoces con nombre y apellidos, todo el que se sienta cercano a los pensamientos aquí recogidos debe asumir su responsabilidad y ser portavoz de los mismos por los medios que considere adecuados. Esta es una llamada a las ideas, a la imaginación, a la difusión y al debate.

Lo que lanzamos al debate público no es un conflicto laboral, sino un modelo de sociedad.

Por favor, difunde esta convocatoria.

Un saludo.”

La forma más efectiva de sojuzgar a los pueblos es privarles de su cultura y de su historia.

Algo “fresquito” para “desengrasar”

He descubierto, por el chivatazo de un amigo, una curiosa forma de busqueda, ideada, sin duda, por el webmaster de una conocida web española que nos libera de tener que recordar el nombre completo de su url.

Abran vds. google (ya saben…el conocidísimo buscador); tecleen la siguiente palabra: ladrones, en minúsculas y sin comillas, y pulsen sobre el botón de “voy a tener suerte”.

ingenioso, ¿verdad?

Ahora la ley actúa

vía kriptópolis seguimos la noticia de aquella primera demanda que se presentó en el mundo civilizado solicitando amparo contra los dispositivos anticopia de los DVD´s. El reultado: los tribunales de justicia “…han ordenado a los establecimientos de venta de DVD´s retirar de sus estanterías el film “Mulholland Drive” de David Lync” al amparo de una normativa que también rige en España.

Sra. Menestra, menos gastar el dinero de los contribuyentes para favorecer a un lobby, y más leerse las Directivas Comunitarias…que al final los consumidores (porque, a estas alturas ya hemos perdido la cualidad de ciudadanos ¿no? ) nos vamos a enfadar.

La ley actúa mediante los Tribunales de Justicia, y los Tribunales de Justicia (en el mundo civilizado) aplican la ley, y la ley reconoce el derecho a la copia privada, y el que impide el ejercicio de este derecho – que ya compensamos sobradamente con el cánon – está incumpliendo la ley.

¿quien es pirata y quien corsario?

firefox en cabeza

Un mes con nedstat me cuenta ésto:

Por alusiones

Si es vd., amable lector, asiduo de esta bitácora sabrá ya, a estas alturas, de mi oposición frontal a la patentabilidad de los programas de ordenador; por rázones socio-económicas, culturales y de imprescindible evolución de la tecnología…pero también, por tradición jurídica comunitaria y por respeto a los tratados internacionales.

No obstante lo cual, y contra lo que – seguramente – cabría esperar, no soy contrario a la Propuesta de Directiva de patentabilidad de invenciones implementadas en ordenador, en su redacción actual; sino más bien al contrario, dado que – entiendo – el actual caos creado por la Oficiona Europea de Patentes representa inseguridad jurídica y “coladero” auspiciado por Reino Unido e Irlanda y la armonización, aparte de ser objetivo de la U.E., es sana “per se”.

Por otra parte, y aunque soy consciente de las autorizadas discrepancias existentes en la red (como tuve ocasión de manifestar en mi pasada intervención en las Jornadas de Primavera de Pulsar ) estoy convencido de que la actual Propuesta de Directiva no perjudica al software ( ni siquiera al libre), sino todo lo contrario, y por ello, desde una lectura conjunta del actual texto, considero:

Qué se puede patentar:

Lo que es susceptible de ser patentado es toda invención para cuya ejecución se requiera de un ordenador, una red informática u otro aparato programable, al tener la invención una o más características que se realicen total o parcialmente mediante un programa o programas de ordenador que cumpla los siguientes requisitos:

a) sea susceptible de aplicación industrial.
b) sea nueva.

c)aporte una contribución técnica (en nuevo campo de la tecnología que no sea evidente para un experto en la materia)

Es decir, lo que es susceptible de ser patentada es la invención cuyas características técnicas se realicen con un programa de ordenador y que se ejecute en un ordenador (red informática…); no el programa de ordenador (el programa de ordenador se comporta como una herramienta, al igual que las ruedas dentadas de un reloj – mal ejemplo, porque éstas sí pueden patentarse).

Y qué no:

a) un programa de ordenador
b) las invenciones que utilizan programas informáticos expresadas en código fuente, en código objeto o en cualquier otra forma.

Por si el estudio detallado de los artículos 2, 4, 4 bis y 5 de la Propuesta de Directiva no fueran suficientemente elocuentes, existen dos razones de peso que avalan mi argumentación:

interoperabilidad

neutralidad tecnológica

Dos conceptos jurídicos de honda raigambre en derecho comunitario (y refrendados por los tratados internacionales suscritos) que se resumen en uno: libre circulación de bienes y servicios. Cualquier norma nacida en el seno de la U.E. debe responder a los principios que emanan del Tratado Constitutivo de la Comunidad; y debe interpretarse de acuerdo con ellos; y no desde una visión de derecho anglosajón.

Con la actual redacción de la Propuesta de Directiva se puede afirmar, sin temor a equivocarse, que cualquier litigio que se suscite ante los Tribunales de la U.E. obtendrá un fallo desestimatorio de quien pretenda hacer valer derechos de patente sobre un programa de ordenador; y eso es lo que debe importarle al jurista, si la ley es clara y si los tribunales la interpretan con coherencia.

Insisto, desde otros foros no se ven así las cosas; quizás porque le hacen decir a la norma lo que la norma no dice.

UPDATE 00:59 h

Podría, quizás, patentarse el “Ipod” (la “maquinita” con su software de administración de mp3); pero ello no sería obstáculo para que cualquiera – con los suficientes conocimientos de programación – desarrollara un software distinto que guardara, administrara y reprodujera mp3.

Bitácoras, Derecho y Brasil

Me cuenta José Luis Orihuela (tienen un enlace en el blogroll de la derecha) que ya existe un CMS de blogs de Derecho en Brasil.

El pasado día 22 de abril la Sección de Derecho de Internet y Nuevas Tecnologías del ReICAZ celebró la I Jornada e-derecho y bitácoras (con el aforo que en España suelen concitar este tipo de acontecimientos (40 pax), con el orgullo para la organización que el espejo patrio donde mirarse son ciudades que – como mínimo – quintuplican la población de Zaragoza – “ad exemplum” la presentación en Madrid y Barcelona de los “creative commons”).

Se han hecho eco del evento el periódico gratuíto 20 minutos (entrevista a D. Miguel Moliné ) y el Periódico de Aragón ( entrevista a media página al profesor del CPS D. Fernand0 Tricas …y el heraldo de aragón? …negando la evidencia cual aguadores del siglo XXI?

La II Jornada la celebraremos en Brasil :) !

El I.C.A.B. se moja…y con argumentos

Extractado de la revista Just editada por el I.Colegio de Abogados de Barcelona; en su apartado “el agobado responde”

” ¿ES ILEGAL DESCARGAR MÚSICA DESDE INTERNET?

La descarga de música por internet se puede hacer de dos maneras. A través de las páginas en que los titulares de los derechos ponen muestras o canciones enteras a disposición de cualquier usuario, o, la más frecuente, mediante los servidores P2P. Estos servidores permiten que los usuarios que tienen canciones o álbumes enteros en sus ordenadores los compartan con el resto de usuarios, y al mismo tiempo, obtener copias de los archivos de otros. La descarga puede hacerse para hacer negocio con esta música, o para uso privado.

La comercialización es ilegal, y así lo prevé el Código Penal en su artículo 270, que establece que es un delito la distribución con animo de lucro de una obra artística sin la autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual, y eso incluye la música descargada por Internet.

La descarga para uso privado, es, no obstante, una cuestión más polémica. Tras un tiempo en el que las sentencias presentaban opiniones diversas, se ha unificado bastante el criterio, y se entiende que no es ilegal siempre y cuando el único objetivo sea disfrutar de la música.”

¿Que por qué el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza, a través su flamante Comisión Delegada de la Junta de Gobierno de Nuevas Tecnologías, no se pronuncia al respecto?

Es una buena pregunta, pero yo no tengo la respuesta…¿será que también en estos temas somos “de provincias”? ¿o acaso los responsables del ReICAZ creen que compartir música en redes p2p para uso privado es delito?

La noticia me llega vía república internet

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