Archivo de diciembre de 2005
Libro de Blogs
Me he enterado por Abladías (una de las lecturas obligadas de esta bitácora). Se trata del primer – y parece que no va ser el último – libro sobre la “blogocosa” en español.
La autoría del mismo es una garantía de calidad y rigor, vean sino:
Octavio Rojas
José Luis Orihuela
Juan Varela
Julio Alonso
José Luis Antúnez
Y, como no podía ser de otra manera, han sacado un blog: el-blog-del-libro-de-blogs (parece un trabalenguas
)
otra de interoperabilidad
Lo leo en Datadiar:
“Exclusión de la empresa de un contrato de suministro de material informático. Cláusula que incluye marca sin mencionar el término «equivalente» (T.S. S., 09-02-05).
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que anulaba un acto administrativo de la Conselleria de educación por no encontrarlo conforme a derecho al incluir una cláusula en la que especificaba una marca de procesadores y no incluía el término «o equivalente». Considera que se han vulnerado los principios de no discriminación y libre concurrencia que son consustanciales a nuestra normativa de contratación de las administraciones publicas al consignar un determinado producto informático identificó una marca, que, está muy implantada en el mercado pero que, ciertamente no era la única existente en el m ento de la convocatoria. Por ello al declarar la sentencia impugnada que la convocatoria debía haber incluido el término «equivalente», realiza una interpretación conforme con la norma. En todo caso incumbía a la Administración convocante del concurso acreditar en su seno que era necesario un producto de una determinada marca y que no existían otros productos compatibles con la susodicha marca.
En otro orden de cosas, los españoles de bien hemos celebrado hoy 27 años de paz y consenso. Hoy (ayer ya) celebrábamos en España el día de la Constitución
Blogia 2.0
Aragón digital publicó en octubre de 2.004 una entrevista a Roberto Abizanda de la que me gustaría destacar el final:
“P.-¿Tienes nuevos proyectos en mente?
R.-No tengo ningún proyecto en mente ahora mismo de cara al futuro. Bastante tengo con mantener Info Aragón y Blogia. Además mi trabajo, el que me da de comer, no me deja tiempo para nuevas aventuras. Blogia en particular requiere una segunda versión, mejorada sobre la primera, pero necesito tiempo para desarrollarla.”
Desde entonces ha llovido mucho – incluso ha nevado – sobre estas tierras sedientas de Aragón, y aquella 2ª versión de la que hablaba Roberto ha nacido con la más joven blogiana del universo Blogia .
De las nuevas características y mejoras sobre Blogia 1.0 y sobre el resto de sistemas de publicación de bitácoras ya han hablado (y seguirán hablando) los que saben de de estas cosas de la blogocosa; yo me quedo con una madrugada de noviembre en la que practicamente todo el equipo de Blogia, colgados de skype, diseñamos la página de nuevas altas, haciendo compatible la facilidad de creación de bitácoras (buque insignia de Blogia 2.0) con las exigencias legales sobre contratación, protección de datos y servicios de la sociedad de la información.
Como usuario de bitácoras me quedo con AUDASTI (habrán visto el mini-banner del blogroll), una herramienta “hija de Blogia 2.0″ con “vida independiente” que me permite, desde wordpress, el seguimiento de comentarios en cualquier blog. No se explicarles como funciona, salvo que “guarda” ese seguimiento en mi blog de blogia, pero funciona.
ColorIURIS en México
La normativa sobre derechos de autor mexicana es una de las más difíciles a la hora de plantear cesiones de derechos GRATUITAS; de hecho, todas las cesiones se han planteado con caracter ONEROSO; lo que no significa que los cesionarios (aceptantes) deban satisfacer cantidad económica “en metálico” alguna a los cedentes.
Los artículos de la normativa mexicana sobre derechos de autor que más han condicionado la solución final propuesta son:
ARTICULO 30 – LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR
EL TITULAR DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES PUEDE, LIBREMENTE, CONFORME A
LO ESTABLECIDO POR ESTA LEY, TRANSFERIR SUS DERECHOS PATRIMONIALES U
OTORGAR LICENCIAS DE USO EXCLUSIVAS O NO EXCLUSIVAS.TODA TRANSMISION DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR SERA ONEROSA Y
TEMPORAL. EN AUSENCIA DE ACUERDO SOBRE EL MONTO DE LA REMUNERACION O DEL
PROCEDIMIENTO PARA FIJARLA, ASI COMO SOBRE LOS TERMINOS PARA SU PAGO, LA
DETERMINARAN LOS TRIBUNALES COMPETENTES.LOS ACTOS, CONVENIOS Y CONTRATOS POR LOS CUALES SE TRANSMITAN DERECHOS
PATRIMONIALES Y LAS LICENCIAS DE USO DEBERAN CELEBRARSE,INVARIABLEMENTE,
POR ESCRITO, DE LO CONTRARIO SERAN NULOS DE PLENO DERECHO.”
que proscribe la cesión gratuíta de derechos patrimoniales (por contrato y/o contrato de licencia), el
ARTICULO 31 – LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR
TODA TRANSMISION DE DERECHOS PATRIMONIALES DEBERA PREVER EN FAVOR DEL
AUTOR O DEL TITULAR DEL DERECHO PATRIMONIAL, EN SU CASO, UNAPARTICIPACION PROPORCIONAL EN LOS INGRESOS DE LA EXPLOTACION DE QUE SE
TRATE, O UNA REMUNERACION FIJA Y DETERMINADA. ESTE DERECHO ES IRRENUNCIABLE.
que prevee la participación del titular del derecho en los beneficios económicos del uso comercial por parte del cesionario, y el
ARTICULO 33 – LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR
A FALTA DE ESTIPULACION EXPRESA, TODA TRANSMISION DE DERECHOS PATRIMONIALES SE
CONSIDERA POR EL TERMINO DE 5 AÑOS. SOLO PODRA PACTARSE EXCEPCIONALMENTE POR MAS DE 15 AÑOS CUANDO LA NATURALEZA DE LA OBRA O LA MAGNITUD DE LA INVERSION REQUERIDA ASI LO JUSTIFIQUE.
que impone, como regla general, un plazo de 15 años como tope al ambitotemporal de la cesión de derechos.
Sin prisa, pero sin pausa, vamos pintando con los colores de la cultura libre el mapa de Iberoamérica.
Mundos Imaginados escuchados
Representa, para mí, el paradigma de la creación “renacentista” con las herramientas del siglo XXI. Carlos Tricas nos regala este mes con un documento sonoro de especial sensibilidad:
Versión para pequeña orquesta de la nana de Raúl. (Mp3 1.23 Mb)
no dejen de escucharlo.
Servicios sociales y derecho a la intimidad
Dos días intensos con trabajadores sociales, educadores sociales y auxiliares del consistorio riojano buscando la mejor manera de proteger el derecho a la intimidad y a la autodeterminación informativa de los beneficiarios de su labor asistencial.
Hemos puesto el acento en el principio de calidad de los datos, desde su recogida hasta la cancelación; en la disociación de datos y de expedientes (el administrativo y el social), y en el alcance del deber de secreto. Hemos trabajado en códigos tipo que completen la flexibilidad de la L.O.P.D. respecto de los ficheros de titularidad pública; y me ha llamado poderosamente la atención la preocupación de estos profesionales (tan alejada de los tópicos sobre la función pública) por preservar la intimidad de aquellos a quienes sirven.
No puedo dejar de mencionar a Don Rodolfo Rubio Martínez, Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Logroño, y Don Guillermo Revilla Miguel, Técnico Responsable de Selección y Formación, por su amabilidad y disposición en todo momento.
Me han regalado este libro:
parece que, ultimamente, mi vida profesional gira en torno a los Colores
