Archivo de abril de 2006
derecho y nuevas tecnologías en mayo
En Barcelona, los días 8 y 9 de mayo Internet, Derecho y Política, organizado por la Universidad Oberta de Catalunya. El programa pueden verlo aquí.
Y, al otro lado del atlántico el Seminario sobre Medios Probatorios y Tecnología del 5 al 26 de mayo, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
¿cómo era aquello…? ah sí! “qué tendrá que ver el derecho con las nuevas tecnologías e internet!”
UPDATE 23:56 h: La VII Jornada de Derecho de Comercio electrónico que se celebrará el día 18 de mayo de 2006 en la Universidad Carlos II de Madrid.
A propósito del ánimo de lucro
Quizás una expresión bien conocida en el ámbito jurídico tiene un efecto perverso cuando se baja el tono del discurso y se debate en la blogosfera; y quizás las posiciones enfrentadas de derechohabientes y usuarios de la cultura encuentran en la expresión (técnica, muy técnica) motivos renovados de enfrentameinto cuando, en realidad, y respecto del “ánimo de lucro” todas las partes implicadas – a excepción de los nuevos intermediarios de la cultura que, sorprendentemente, han conseguido quedar al margen del debate sobre la difusión de contenidos en línea – comparten puntos de vista más cercanos de lo que pudiera parecer de sus manifestaciones públicas.
Olvidemonos por un momento de la manida expresión y hablemos en términos más coloquiales de fines comerciales y no comerciales.
Lo que realmente preocupa a las sociedades de gestión y a las sociedades fonográficas (desde mi humilde punto de vista) es la irrupción de nuevos intermediarios “culturales”; empresas – sin discernir la forma jurídica adoptada – cuyo modelo de negocio, en todo o en parte, pasa por la difusión de contenidos de terceros.
Estos nuevos intermediarios “culturales” se han apropiado de un discurso ajeno, la libre difusión de la cultura cuando, en el fondo, lo que persiguen es sustituir a los actuales intermediarios y difundir cultura ocio con fines comerciales; lo cual no es malo ni bueno – todo avance tecnológico echa a unos actores económicos y da entrada a otros nuevos – es, sólo, la ley del mercado.
Sin embargo, como apuntaba al principio, estos nuevos intermediarios han tenido la habilidad de enfrentar a los derechohabientes – que se agarran como un clavo ardiente a un modelo de negocio caduco – con los usuarios, que ven en estos nuevos intermediarios a los paladines de la cultura.
Los usos no comerciales no preocupan a la industria ni a las sociedades de gestión, y lo que es más importante, no preocupan a los autores (y aunque les preocupen son usos contemplados en nuestra legislación). El verdadero debate está en los usos comerciales; una guerra económica entre antigüos y nuevos intermediarios de la cultura y el ocio, y cuya única solución pasa por la autogestión de los derechos de autor en línea, con la finalidad de mantener el – dificil . equilibrio entre los derechos de los autores y el libre acceso a la cultura.
Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos : Décimocuarta Sesión
Del 1 al 5 de mayo de 2006, en Ginebra.
Proyecto de Propuesta Básica de Tratado de la OMPI para la Protección de los Organismos de Radiodifusión al que se Adjunta un Apéndice Facultativo sobre la Protección Relativa a la Difusión por Internet.
Es, precisamente, el apéndice lo que más interés ha despertado en mí.
La definición (en el artículo 2):
“Se entenderá por “difusión por Internet” la transmisión por medios alámbricos o inalámbricos a través de redes informáticas y para su recepción por el público, de sonidos o de imágenes, o de imágenes y sonidos, o de las representaciones de éstos, mediante una señal portadora de programas que sea accesible a los miembros del público en forma prácticamente simultánea. De estar codificadas, esas transmisiones también se considerarán como “difusión por Internet” cuando los medios de descodificación sean proporcionados por el organismo de difusión por Internet o con su consentimiento.”
El objeto del apéndice (artículo 3):
“el Apéndice ofrece a las Partes Contratantes de manera facultativa la posibilidad de escoger entre dos tipos de extensión del ámbito de protección: 1) extender la protección a todas las difusiones por Internet, incluidas las difusiones simultáneas, o 2) extender la protección únicamente a las difusiones simultáneas.”
Muy tímido, ¿no les parece?
Estaré esos días allí como observador representando a Alfa-Redi, ya les iré contando si se cede a los intereses de la industria o se abren puertas a la libre difusión de la cultura, limitando los derechos de los organismos de radiodifusión en Internet.
La blogosfera hispana: pioneros de la cultura digital
Escriben, entre otros, Fernando Polo (abladias), Fernando Tricas (Reflexiones e), JJ. Merelo (atalaya), José Cervera (Retiario), Adolfo Estalella, Gemma Ferreres (Tintachina), Fernando Garrido (Cibersociedad), José A. del Moral (Alianzo), Juan Varela (Periodistas21), Juan Zafra (Red.es), Ignacio Escolar (Escolar.net), Enrique Dans (enriquedans.com), Hernán casciari (Orsai) o Antonio Fumero.
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Lo están presentando ahora en los madriles.
If
…alguna vez has posteado y/o comentado en otras bitácoras sobre contenidos en los blogs, limites a a la inclusión de enlaces y/o marcas en el propio blog; la privacidad en internet…
…te preocupan las consecuencias legales de lo que escribes en tu blog, o de lo que otros escriben en tu blog…
…quieres aportar tu granito de arena en la definición de que cosa sea ésto de la blogocosa…
…crees que las bitácoras pueden ser un revulsivo a la vida política y social…
…quieres continuar en la vida desconectada la “conversación” iniciada en la red…
…vente al I Congreso Iberoamericano Bitácoras y Derecho, a celebrar en Zaragoza del 4 al 6 de junio de 2006.
Las inscripciones están abiertas y las tarifas han quedado muy “apañadas”.
ah! se ha previsto el envío de comunicaciones!
Lo cuentan ya en muchos sitios.
