Archivo de Mayo de 2006
“Houston…tenemos un problema”
Y no sólo las compañías aéreas
Vía J. Prenafeta:
“…el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha anulado la Decisión 2004/496/CE del Consejo, de 17 de mayo de 2004 (pdf), relativa a la celebración de un Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y la transferencia de los datos de los expedientes de los pasajeros por las compañías aéreas al Departamento de seguridad nacional, Oficina de aduanas y protección de fronteras, de los Estados Unidos, así como la Decisión 2004/535/CE de la Comisión, de 14 de mayo de 2004 (pdf), relativa al carácter adecuado de la protección de los datos personales incluidos en los registros de nombres de los pasajeros que se transfieren al Servicio de aduanas y protección de fronteras de los Estados Unidos (Bureau of Customs and Borders Protection).”
La privacidad de nuestros datos personales es una de las mayores preocupaciones de los paises regidos por el “Civil Law” (la U.E. cuenta con una sólida normativa al respecto, y en Latinoamérica y Caribe los esfuerzos por acercarse a ese nivel de protección de la intimidad son encomiables, como nos explicará el Dr. Diego Sánchez Montenegro)
…mientras tanto, los you tube, flickr, google, blogger…y otros continúan almacenando datos personales, pero ahora gracias a que nuestro sistema judicial funciona… sin subterfugios, ni patentes de corso hechas a la medida de las grandes corporaciones del “common law”!
¿y tú? ¿sigues confiando tus datos personales – dirección de correo-e y/o dirección IP – a un CMS de los Estados Unidos?
Corto y pego
Probablemente se trate de una leyenda urbana, como “la chica de la curva” ; y con la misma prevención lo transcribo:
“Una ley de pi o mejor dicho: una ley para la protección de la creatividad, podría comenzar diciendo:
Ideas y conocimiento: cualquier obra creativa objeto de protección, puede ser tecnológica, artística…
Creación artística: música, literatura, software…
creación científica: las que se derivan del método científico …
El conocimiento y las ideas son libres y pueden ser protegidos con 3 tipos de licencias:
Licencias de protección propietaria, Licencias de protección libre y dominio público o sin protección.
El estado implementará los mecanismos necesarios para garantizar el tipo de protección solicitado.
La protección propietaria es la que limita el libre uso, estudio, copia y modificación de la idea y del conocimiento y tendrá un costo dependiendo del grado de restricción de los aspectos mencionados, que va de 1000 a 100000 unidades tributarias.
La protección libre garantiza el libre uso, estudio, copia y modificación de la idea y del conocimiento, será gratuita y en casos de interés para el país el proyecto recibirá el apoyo necesario por parte del Estado.
En caso de modificación y distribución de la idea esta deberá licenciarse con una protección libre. Al dominio público, (o será mejor a la protección libre?), pertenecerán por defecto todos aquellos conocimientos e ideas (tecnológicos o culturales) orginados o financiados por el Estado, salvo en los casos en lo que quede debidamente expresado; y las creaciones particulares, que no especifiquen protección libre ni propietaria y estén accesibles en medios públicos (será un fastidio escuchar la licencia de cada canción en la radio
))) pero ahorita es peor porque todo es propietario por defecto)
La protección propietaria ó libre, puede ser con 2 modalidades:
protección de *fondo*, que se otorga al concepto u idea y la protección de *forma*, referida a la expresión de la idea.
La protección propietaria o libre de *forma*, se aplicará para todas las obras artísticas: música, literatura, danza, escultura, pintura y el software.
La protección propietaria o libre de fondo, se aplicará únicamente a diseños industriales, invenciones tecnológicas y marcas; con las siguientes excepciones:
No podrán ser objeto de protección propietaria los siguientes aspectos:
Con respecto a las invenciones tecnológicas: .- La vida animal o vegetal .- los métodos quirúrgicos .- los olores .- los sabores .- texturas .- medicina tradicional indígena etc etc etc Con respecto a los diseños industriales: .- símbolos patrios etc etc etc
Con respecto a las marcas: .- Los símbolos y nombres de proyectos con protección libre etc etc etc Con respecto a las artes: .- las danzas indígenas .- pinturas prehinspánicas… etc etc etc”
Lo que me queda claro:
Este argumentario mezcla de Lessig y Sony Bono, con desprecio absoluto a la protección de la diversidad cultural sancionada por la UNESCO (y magistralmente defendida en la 14ª sesión SCCR por las delegaciones de Brasil y Chile), no ha podido salir de la mente de un jurista formado en “Civil Law”.
Y…la duda:
¿Habrá tomado nuestra ministra de cultura este texto como esquema para su última – y demagógica – campaña publicitaria en defensa de …las ideas?
El movimiento se demuestra andando
Gracias Domingo, por ser junto a Orlando, el primer político aragonés en apoyar en tu blog el I Congreso sobre Bitácoras y Derecho que se celebra……..y se celebra en tu ciudad con asistentes de diez paises.
El retonno
Las “Nuevas Herramientas” vuelven a tener forjador, y me quiere sonar a un “como decíamos ayer…”
Faltan 10 (diez) días para el Congreso
Y esta noche (en España) se acaba el plazo para las inscripciones bonificadas.
No he tenido mucho tiempo de navegar, pero sí querría hacerme eco de dos “asuntos” que me confirman la oportunidad de este I Congreso (y de más foros en el ámbito iberoamericano):
1.- En este artículo de Marta Peirano en “Consumer” se cuestionan – y con argumentos – algunas cláusulas contractuales de servicios gratuitos como “MySpace” o “Flickr” que se pasan por alto – quizás por que no se lean – y pueden “arrebatarnos” los derechos de autor sobre nuestros contenidos (también sobre nuestras fotografías), que es algo que ya comentamos en nuestro blog ciudadano.
2.- En la otra cara de la moneda un airado poeta “informa” a un bitacorero de su copyright-france sobre un poema sobre los días … como yo no entiendo de estas cosas, vean y decidan… o mejor, venganse al Congreso, que habrá especialistas jurídicos y bitacoreros – de todas las tendencias – que, a buen seguro, nos sacarán a vds. y a mí de nuestras (posibles) dudas.
El Derecho ha llegado a Internet , y ha llegado para quedarse…¿o acaso no estuvo siempre aquí?
Estadísticas I Congreso – por ocupación
A dos semanas del congreso hay algunas variaciones sobre las estadísticas anteriores:
Juristas (abogados, jueces): 35,90 %
Periodistas: 8,97 %
Políticos: 14,10 %
Economistas: 6,41 %
Informáticos: 6,41 %
Empresa: 11,53 %
Universidad: 15,38 %
Otros: 1,28 %
de éstos, mantienen una bitácora el 21,79 %
Es significativo el incremento en el porcentaje de periodistas (en la anterior estadística: 2,5 %) la aparición de empresa, informáticos y universidad ; entre los que bajan, juristas (antes un 55 %) y políticos (antes un 18,5 %).
En cualquier caso consideren los resultados con cautela… ya saben que no pertenezco al 6,41 % de economistas
2D2 sobre urbanismo y otras yerbas en Zaragoza
El punto de vista del concejal y el de la oposición.
Decididamente, cada día le veo más utilidad a ésto de las bitácoras…aparte el “arte por el arte”, que por sabido se calla
¿el efecto microsiervos?
Mariano ha cerrado los comentarios
…
¿lo ha explicado y no me he enterado?
¿Internet ha dejado de ser divertido?
¿pánico a los efectos aconjantes?
¿ésto “ya no es lo era”?
WIPO Advisory Committee on Enforcement
La opinión oficial de España:
“Spain: Two-pronged approach, spearating enforcement issues between copyright and industrial property. Piracy is not only what is illegal and/or criminal, it is the culture and attitude of infringement.”
Informe sobre la brecha digital
Accesible desde este enlace y redactado por The Economist & IBM.
La mayoría de los países contemplados en el estudio mejoran su preparación tecnológica respecto al año pasado, tendencia que se observa especialmente en los países más rezagados.
El informe destaca el esfuerzo de los gobiernos de países latinoamericanos para mejorar el acceso a las TICs, aunque lo considera insuficiente.
(fuente: César Moliné)
Jugar con fuego
Lo leo en microsiervos. El Partido Socialista de Madrid va a fonear sus sedes, y lo anuncia a bombo y platillo (imagino que la noticia – y con razón – no habrá gustado a los colectivos wireles de Madrid).
Confío – como zaragozano – que el PSOE maño no siga el “ejemplo” de sus compañeros de Madrid y, al menos en las instituciones (cada cual que haga lo quiera como particular), se conduzca con el mismo celo y respeto por la legalidad vigente que lo ha hecho – hasta donde yo se – al ofrecer a la ciudadanía los blogs ciudadanos.
Es muy loable el empeño institucional por acercar a la ciudadanía el acceso gratuito a Internet; pero no a cualquier precio
Sin medida
Los hay que no tienen medida, y utilizan los enlaces como reclamo, con una práctica perversa de la conversación en la red…miren sino los últimos enlaces del sidebar derecho…
no, si con semejantes prácticas “pagerankeras”, no me faltará el trabajo
de ayer y de hoy…y de siempre
Parece que el “secreto” es “a voces“; Gemma Ferreres (“tintachina”) tiene nuevo no blog, y parece que no va a ser el único “retonno” de la blogocosa hispana…
Desde Perú, Erick Iriarte, y desde Paris, Natalie Pérez-Cartier.
blogs ciudadanos del ayuntamiento de Zaragoza
En estos momentos, el concejal delegado de ciencia y tecnología, Ricardo Cavero está presentando en el auditorio de Zaragoza los blogs ciudadanos a la prensa.
El motivo de alegría es doble; por un lado por el orgullo maño de que Zaragoza sea el primer municipio de España en ofrecer bitácoras a sus ciudadanos (lo de Gijón…hay quien dice que sí…hay quien dice que no…); y por otro, por que el consistorio zaragozano ha elegido – entre quienes se presentaron al concurso – a un CMS de esta tierra (que, además, es amigo de esta bitácora) : blogia.
Yo ya he abierto allí mi blog.
la web del congreso (“more” estadísticas…”more”)
www.bitacorasyderecho.com Resumen del periodo 20/03/2006 – 17/05/2006 20/03/2006 – 17/05/2006
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- congreso+zaragoza+bitacora+y+derecho
- como+llegar+a+zaragoza
fuente: google analytics
17 de mayo de 2006 – Día de Internet
¿ustedes creen? ¿será cosa del corte inglés?
UPDATE 18-05-06: Ésto es Internet, ésto es conversación…uno (servidor) demuestra su ignorancia, y llega otro y le saca los colores
Que me devuelvan mis impuestos!
El siguiente texto es un extracto de la Circular 1/2006, 5 de mayo de 2006, sobre los delitos contra la propiedad intelectual e industrial tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003
“Quienes colocan en un sitio de Internet una obra protegida sin la autorización de su titular o los usuarios de un sistema Peer to Peer de intercambio de archivos, realizan una conducta de comunicación pública no autorizada, e infringen el derecho exclusivo del titular; dicha infracción es susceptible de ser denunciada y reparada mediante el ejercicio de las correspondientes acciones de carácter civil, pero en principio, y salvo que por las circunstancias concurrentes se acredite lo contrario, no concurre en los mismos el elemento subjetivo del ánimo de lucro que exige el tipo penal. El elemento del ánimo de lucro debe ser interpretado, no en el sentido amplio de obtención de cualquier tipo de ventaja, utilidad o beneficio, sino en el sentido estricto de “lucro comercial”.
En cuanto a la conducta del que se limita a bajarse de la Red una obra para su disfrute personal, no realiza un acto de comunicación, sino una copia privada, sin que concurra tampoco el elemento subjetivo de ánimo de lucro en el sentido estricto de lucro comercial.”
Soy consciente de que lo que digamos los abogados, no va a ningún sitio (si lo dijera un catedrático la de aquel…
) , pero cuando lo que uno viene diciendo desde hace mucho tiempo (y no soy el único) lo recoge una circular de la Fiscalía General del Estado (ya saben…esos señores que ejercitan la acción penal en nombre de los intereses de todos los españolitos)…pués como que me entra la risa y el complejo de “abogado-balay” (los más viejos recordarán la frase publicitaria de la marca: “el tiempo nos da la razón”).
Señora Ministra…de ¿cultura? un poquito de dignidad política y de respeto a los votantes (no sólo al 5 % de autores y editores que viven de los “derechos de autor”). Devuelvanos los impuestos gastados en la demagogia del “ahora la ley actúa” y otras yerbas !
También lo cuentan en kriptópolis.
Congreso Blogs y Derecho – estadísticas (2/2)
Por profesión:
* Juristas (abogados, jueces, académicos): 55,00 %
* Bitacoreros (blogguers): 20,00 %
* Economistas: 4,00 %
* Periodistas: 2,50 % (de Barcelona)
* Políticos: 18,50 %
todavía faltan unos días y sin duda en las próximas semanas – sobre todo cuando se difunda entre la comunidad universitaria – variarán estos datos…pero en un Congreso de weblogs es obligado “postear” el día a día
…por cierto, que echo de menos a una parte importante de la blogosfera…Domingo, Orlando, Lorenzo…contaremos con vosotros?
UPDATE 18:05:06 - imperdonable lápsus…donde dije Fernando, digo Domingo (gracias Orlando)
Congreso Blogs y Derecho – estadísticas (1/2)
Por paises:
* Argentina: 6,00 %
* Ecuador: 1,50 %
* España: 85,00 %
* Francia: 1,50 %
* Perú: 1,50 %
* Portugal: 1,50 %
* Suiza: 1,50 %
* Venezuela: 1,50 %
CONTRATOS INFORMÁTICOS Y TELEMÁTICOS, COMERCIO ELECTRÓNICO, Y SU REGULACIÓN EN LA LEY MEXICANA – por Alejandro Loredo
“CONCEPTOS JURÍDICOS NUEVOS
El acelerado desarrollo de tecnologías ha introducido cambios en costumbres y hábitos en el entorno privado y público del hombre de fines del siglo XX. La economía, las relaciones humanas, la cultura y la política se ven tocadas por las denominadas nuevas tecnologías de la información, es el gran motor de cambio de nuestra sociedad. Esta circunstancia obliga al legislador a adaptar el ordenamiento jurídico a la nueva realidad social que origina la introducción de los avances tecnológicos en la vida cotidiana del ciudadano común.
Según Alvin Toffler la historia de la humanidad se puede entender como dividida en tres periodos a las que denomina “olas”. La primera “ola” corresponde a la utilización de la agricultura, cuando las primitivas sociedades dejan de ser nómadas y se crea un orden social. La segunda “ola” es la transición agrícola a la sociedad industrial, cuyo nacimiento puede ubicarse entre fines del siglo VIII y principios del XIX. (conocida como la primera revolución industrial), y la tercera “ola”, que corresponde al desarrollo de las tecnologías de la información.
La sociedad actual está inmersa en esta tercera transición. La Sociedad de la Información es una de las expresiones, acaso la más promisoria junto con todas sus contradicciones de la globalización contemporánea, que ha ganado presencia en Europa, en donde ha sido muy empleado como parte de la construcción del contexto para la Unión Europea. Un estudio elaborado con el propósito de documentar los avances europeos al respecto señalaba, con cierto optimismo, que:
Las sociedades de la información se caracterizan por basarse en el conocimiento y en los esfuerzos por convertir la información en conocimiento. Cuanto mayor es la cantidad de información generada por una sociedad, mayor es la necesidad de convertirla en conocimiento. Otra dimensión de tales sociedades es la velocidad con que tal información se genera, transmite y procesa. En la actualidad, la información puede obtenerse de manera prácticamente instantánea y, muchas veces, a partir de la misma fuente que la produce, sin distinción de lugar. Finalmente, las actividades ligadas a la información no son tan dependientes del transporte y de la existencia de concentraciones humanas como las actividades industriales. Esto permite un reacondicionamiento espacial caracterizado por la descentralización y la dispersión de las poblaciones y servicios 1.
Un concepto amplio de la Sociedad de la Información nos llevaría a definirla, de acuerdo con Javier Cremades 2 en un estadio de desarrollo social caracterizado por la capacidad de sus miembros para obtener y compartir cualquier información, instantáneamente, desde cualquier lugar y en la forma que se prefiera.
Decimocuarta Sesión SCCR – 5 de mayo 2006
Tras un arduo trabajo de las delegaciones durante toda la semana (con reuniones regionales “fuera de programa” y conversaciones café) bajo la experta batuta del presidente y la secretaría la sesión del día cinco tenía como objetivo, acabados los debates, conocer las posturas de las diferentes delegaciones respecto de la convocatoria de la Conferencia Diplomática y la inclusión en el proyecto de Propuesta Básica del apendice sobre Internet.
A pesar de los apoyos que había ido ganando la propuesta de las Comunidades Europeas respecto del “simultcasting”, finalmente las posiciones quedaron casi como el primer día; sin perjuicio de los innegables progresos respecto a la protección de los organismos de radiodifusión tradicionales (con criterios inclusivos).
La presidencia finlandesa propuso – y así se acordó – una nueva sesión del SCCR antes de la Conferencia Diplomática, según el siguiente texto (gracias Luis):
“A. On protection of traditional broadcasting organizations:
1. One more meeting of the SCCR before the General Assembly.
2. The agenda of that meeting will be confined to protection of broadcasting in traditional sense (broadcast and cable)
3. A revised basic draft basic proposal will be prepared for the meeting and all efforts will be made to make it available to the Member States by August 1 2006. It will be made on the basis of SCCR/14/2 and SCCR/14/3 and now-existing proposals and taking account the discussions of this committee.
4. There will be a recommendation to the General Assembly to convene a Diplomatic Conference at a suitable time in 2007.
B. A proposal on protection of webcasting and simulcasting.
1. The deadline for the proposals foreseen at 14th session of SCCR concerning these webcasting and simulcasting, will be August. 1 2006.
2. Revised document on protection of web and simulcasting will be prepared on basis of SCCR/14/2, and the proposals, and taking into account discussions of the committee.
3. Consultation will be taken on the matter of an agenda for ameeting of an SCCR to be convened after the General Assembly.”
Traducido al español por Ana Lerín:
“A. Para la protección de las organizaciones tradicionales de radiodifusión:
1. Una reunión más del SCCR antes de la Asamblea General.
2. La Agenda de esa reunión se limitará a la protección de la radiodifusión en sentido tradicional (emisión y cable)
3.Se preparará para la reunión un borrador de propuesta básico revisado y se pondrán todos los esfuerzos para ponerlo a disposición de los Estados Miembros el 1 de Agosto de 2006. Se hará tomando como base el SCCR/14/2 y el SCCR/14/3 y las propuestas ahora existentes teniendo en cuenta las discusiones de este comité.
4. Habrá una recomendación a la Asamblea General para convocar una Conferencia Diplomática en la fecha conveniente en el 2007.
B. Propuesta para la protección del webcasting y el simulcasting.
1. La fecha límite para las propuestas previstas en la 14ª Sesión del SCCR concernientes a estos webcasting y simulcasting, será el 1 de Agosto de 2006.
2. Se preparará un documento revisado para la protección de la web y del simulcasting sobre la base del SCCR/14/2, y las propuestas, y teniendo en cuenta las discusiones del comité.
3. La consulta se hará en relación a la agenda para una reunión del SCCR que se convocará después de la Asamblea General.”
Decimocuarta Sesión SCCR – 4 de mayo 2006 (3/3)
En la sesión de tarde se continuó con el debate acerca de los derechos (artículos 6 al 10 del proyecto de Propuesta Básica).
Abrió el debate la delegación de la India, quien recordó que no se había definido el término radiodifusión (broadcast). Propuso los siguientes elementos – comprensivos del término emisión:
- el contenido del programa
- la publicidad
- el material de promoción
- el logotipo del propio canal (organismo de radiodifusión)
Matizó que los dos primeros son titularidad de otros derechohabientes distintos del organismo de radiodifusión, que sí es titular de los dos últimos elementos; dicho lo cual…
“¿qué estamos tratando de proteger?”
Terminaba su intervención considerando que el organismo de radiodifusión tiene derecho a proteger el valor añadido que supone el empaquetamiento de los elementos arriba enumerados, y sugería definir cuales de ellos deben ser objeto de protección en una emisión y definir el término emisión.
La delegación de Brasil centró su primera intervención en los derechos contenidos en los artículos 8, 9 y 10 (que se refieren a los derechos de postfijación) advirtiendo que reconocer a los organismos de radiodifusión estos derechos supone una extralimitación del mandato al Comité y que, si la señal no es el producto de una actividad creativa, el reconocimiento de los derechos de postfijación afectará a los derechos de intérpretes y ejecutantes; con dos problemas concretos:
- el solapamiento de derechos
- el plazo de agotamiento de los derechos de postfijación.
La delegación de Egipto se mostró de acuerdo con lo manifestado por las dos delegaciones que le precedieron en el uso de la palabra preguntandose si el objeto de protección era la señal o la emisión…¿o la difusión de las emisiones?
La delegación de Marruecos se mostró partidaria de conceder a los organismos de radiodifusión protección contra la piratería de las señales y postuló la necesidad de definir el concepto emisiones.
Las Comunidades Europeas – en un discurso farragoso donde entremezclaba consideraciones técnicas y jurídicas – se mostró favorable a la actual redacción de los artículos 6 al 9.
La delegación iraní – alineada desde el principio de las negociaciones con la India y Brasil – recordó que – también en materia de derechos – era partidaria de la concesión de derechos a los organismos tradicionales de radiodifusión y de cable, pero no al webcasting.
La delegación de Chile – que alternaba sus intervenciones en inglés y en español (¿?) – mostró su preocupación, incidiendo en los argumentos de la delegación brasileña, en el agotamiento de los derechos de postfijación.
Los debates sobre los derechos previstos para los organismos de radiodifusión culminaron con la intervención de la delegación de U.S.A. que afirmó que:
“protegiendo la señal estamos protegiendo los contenidos”
En relación a los derechos de redifusión propuso una protección flexible y escalable (distintos niveles de protección para la misma actividad en atención al “medio”).
A continuación se inició el debate acerca de los límites y excepciones a los derechos. Las intervenciones más relevantes – desde mi humilde punto de vista – las de Japón, Chile, las Comunidades Europeas y Brasil.
La delegación de Japón se mostró favorable a la transparencia; sin embargo, entendió que las propuestas – de las Comunidades Europeas – no eran compatibles con el WPPT ni el WCT, y debían serlo.
Texto del WPPT y el WCT:
“1) Las Partes Contratantes podrán prever, en sus legislaciones nacionales, limitaciones o excepciones impuestas a los derechos concedidos a los autores de obras literarias y artísticas en virtud del presente Tratado en ciertos casos especiales que no atenten a la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor.
2) Al aplicar el Convenio de Berna, las Partes Contratantes restringirán cualquier limitación o excepción impuesta a los derechos previstos en dicho Convenio a ciertos casos especiales que no atenten a la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor.”
Según la delegación de Chile los límites y excepciones están referidos a los organismos de radiodifusión tradicionales de forma específica, por lo que no tienen por que depender de los fijados en el WPPT y en WCT.
La delegación de las Comunidades Europeas se mostró conforme con extender el artículo 12 de la propuesta al WPPT y al WCT, y terminó afirmando que:
“apoyamos una lista de excepciones – conforme a la Convención de Roma – siempre y cuando se deje claro quienes son los beneficiarios de los límites.”
La delegación de Brasil – con los apoyos que viene manteniendo a lo largo de la 14ª sesión del SCCR – expresó su preocupación por la salvaguardia del espacio nacional y del necesario equilibrio entre los derechos de los organismos de radiodifusión y el interés público.
Expresó la necesidad de proteger el dominio público a fin de preservarlo de posibles derechos generados con su difusión a favor de los organismos de radiodifusión.
Tras los debates la presidencia concluyó que el listado de limitaciones y excepciones propuesto por las Comunidades Europeas se incluiría en el artículo 12 y que, atendidas todas las opiniones caben – basicamente – dos opciones de cara al proyecto de Propuesta Básica; el sistema de cláusula general y el sistema de lista.
La sesión correspondiente al día cuatro fue agotadora, con tres sesiones de debates, mañana, tarde y – lo que en Suiza puede considerarse – noche; por lo que es más que probable que las notas tomadas en las últimas horas presenten lagunas…doce horas en el edificio de la OMPI agotan hasta a los observadores