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	<title>Comentarios en: ¿están protegidas las ideas?</title>
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	<description>e-derecho y sociedad del conocimiento</description>
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		<title>Por: &#8216;Software&#8217; y &#8216;copyright&#8217;: Las ideas no tienen protecciÃ³n, el cÃ³digo sÃ­ &#171; LostBit Consulting</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-56817</link>
		<dc:creator>&#8216;Software&#8217; y &#8216;copyright&#8217;: Las ideas no tienen protecciÃ³n, el cÃ³digo sÃ­ &#171; LostBit Consulting</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Oct 2009 11:08:40 +0000</pubDate>
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		<description>[...] no se podrÃ¡ impedir que luego venga otro a hacer lo mismo. Esta situaciÃ³n ha dado lugar a que se plantee la posibilidad de una regulaciÃ³n al respecto, sobre todo en las denominadas ideas de negocio, que de momento es prÃ¡cticamente [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] no se podrÃ¡ impedir que luego venga otro a hacer lo mismo. Esta situaciÃ³n ha dado lugar a que se plantee la posibilidad de una regulaciÃ³n al respecto, sobre todo en las denominadas ideas de negocio, que de momento es prÃ¡cticamente [...]</p>
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		<title>Por: María</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-49843</link>
		<dc:creator>María</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 May 2008 21:16:58 +0000</pubDate>
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		<description>creo que quedó claro, no defiendo los monopolios, sino que se permita el registro o patente de algun servicio, para que luego su autor (en el caso que doy como ejemplo) pueda utilizarlo como idea, venderlo, sacar rédito, pero siempre teniendo en miras el progreso como sociedad.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>creo que quedó claro, no defiendo los monopolios, sino que se permita el registro o patente de algun servicio, para que luego su autor (en el caso que doy como ejemplo) pueda utilizarlo como idea, venderlo, sacar rédito, pero siempre teniendo en miras el progreso como sociedad.</p>
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		<title>Por: María</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-49842</link>
		<dc:creator>María</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 May 2008 21:13:45 +0000</pubDate>
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		<description>creo que no esta bien que una persona a quien se le ocurre un nuevo negocio o prestación de servicios, no pueda gozar de cierta protección en referencia a lo que ha &quot;creado&quot; mas allá de que no se encuentre dentro de los conceptos abstractos, ni de invento ni de obra. si pensáramos en proteger a los nuevos servicios, quizás mucha gente que  no goza del mejor pasar economico se animaría a brindar y a crear nuevas formas de prestación de servicios. esto les daría seguridad de que no perderían demaciado, y al mismo tiempo estaríamos dando lugar al crecimiento de nuevas formas de prestación de servicios y mayor calidad de vida para la sociedad. creo que mucha gente con  buenas ideas en cuanto a los servicios, solo se queda en el pensamiento debido al temor al fracaso, por cuanto no gozan de los medios necesarios como par subsidiar una empresa por ejemplo, ante la posibilidad de ver pérdidas que quizás comprometerían su futuro económico. deberíamos dar mas libertad a la creación de nuevos servicios. debemos exigir una legislación que ampare los derechos de quienes pretenden progresar y crear servicios.(Argentina)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>creo que no esta bien que una persona a quien se le ocurre un nuevo negocio o prestación de servicios, no pueda gozar de cierta protección en referencia a lo que ha &#8220;creado&#8221; mas allá de que no se encuentre dentro de los conceptos abstractos, ni de invento ni de obra. si pensáramos en proteger a los nuevos servicios, quizás mucha gente que  no goza del mejor pasar economico se animaría a brindar y a crear nuevas formas de prestación de servicios. esto les daría seguridad de que no perderían demaciado, y al mismo tiempo estaríamos dando lugar al crecimiento de nuevas formas de prestación de servicios y mayor calidad de vida para la sociedad. creo que mucha gente con  buenas ideas en cuanto a los servicios, solo se queda en el pensamiento debido al temor al fracaso, por cuanto no gozan de los medios necesarios como par subsidiar una empresa por ejemplo, ante la posibilidad de ver pérdidas que quizás comprometerían su futuro económico. deberíamos dar mas libertad a la creación de nuevos servicios. debemos exigir una legislación que ampare los derechos de quienes pretenden progresar y crear servicios.(Argentina)</p>
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	<item>
		<title>Por: M@x</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14352</link>
		<dc:creator>M@x</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Sep 2006 16:14:20 +0000</pubDate>
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		<description>Me ha gustado la patente de evadir impuestos con la visa :D . Ya en serio, y para que nos entiendan los parroquianos legos en derecho; equivale a patentar el asesinato con raquetas de tenis...es decir patentar un delito... impresionante!

Y, bueno, jejeje, me has dejado muchos deberes Anónima... gracias!

La solución que apunta Leonor parece la más lógica (y la que se aplica en la práctica); lo que no veo tan claro es lo de registrar el proyecto en el registro de la propiedad intelectual; el argumento es bueno, pero creo que no debería servir para proteger el concepto &quot;modelo de negocio&quot;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me ha gustado la patente de evadir impuestos con la visa <img src='http://www.blogespierre.com/wp-includes/images/smilies/icon_biggrin.gif' alt=':D' class='wp-smiley' />  . Ya en serio, y para que nos entiendan los parroquianos legos en derecho; equivale a patentar el asesinato con raquetas de tenis&#8230;es decir patentar un delito&#8230; impresionante!</p>
<p>Y, bueno, jejeje, me has dejado muchos deberes Anónima&#8230; gracias!</p>
<p>La solución que apunta Leonor parece la más lógica (y la que se aplica en la práctica); lo que no veo tan claro es lo de registrar el proyecto en el registro de la propiedad intelectual; el argumento es bueno, pero creo que no debería servir para proteger el concepto &#8220;modelo de negocio&#8221;.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: leonor Guini</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14340</link>
		<dc:creator>leonor Guini</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Sep 2006 15:44:17 +0000</pubDate>
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		<description>Se me dió muchas veces el caso de patentar tecnología que tuviera aplicación indiustrial (ejemplo un simulador de redes) esto luego se utilizó para crear un modelo de negocio exclusivo del titular de la patente. 

Con esto quiero decir que hay que analizar concretamente esta idea y como se va a desarrollar a los fines de encuadrarla en un modelo de protección adecuado.

En Argentina por lo pronto los negocios o proyectos de negocios no se pueden patentar pero los abogados protegemos el modelo de negocios de todas las formas posibles, marca, patente (cuando se reunen sus requisitos cosa que no es tan frecuente) y siempre realizamos un depósito del proyecto en Propiedad Intelectual ya que se trata de la forma de expresión de una idea por parte de su autor y la Dirección lo admite.
no sé si esto último tiene sentido ya que las ideas no son protegibles como obras, pero igual lo hacemos

Un saludo a todos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Se me dió muchas veces el caso de patentar tecnología que tuviera aplicación indiustrial (ejemplo un simulador de redes) esto luego se utilizó para crear un modelo de negocio exclusivo del titular de la patente. </p>
<p>Con esto quiero decir que hay que analizar concretamente esta idea y como se va a desarrollar a los fines de encuadrarla en un modelo de protección adecuado.</p>
<p>En Argentina por lo pronto los negocios o proyectos de negocios no se pueden patentar pero los abogados protegemos el modelo de negocios de todas las formas posibles, marca, patente (cuando se reunen sus requisitos cosa que no es tan frecuente) y siempre realizamos un depósito del proyecto en Propiedad Intelectual ya que se trata de la forma de expresión de una idea por parte de su autor y la Dirección lo admite.<br />
no sé si esto último tiene sentido ya que las ideas no son protegibles como obras, pero igual lo hacemos</p>
<p>Un saludo a todos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Anónima</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14323</link>
		<dc:creator>Anónima</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Sep 2006 23:39:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/#comment-14323</guid>
		<description>Un esbozo de discusión en la wikipedia reenvía a la dissión sobre patentes de software:

http://en.wikipedia.org/wiki/Talk:Business_method_patent

¿por qué será que no me sorprende? ;)

Aquí hay ejemplos de patentes europeas polémicas:

http://www.iusmentis.com/patents/businessmethods/epoexamples/

Aquí hay consideraciones del la oficina inglesa de patentes (del 2001 al 2004):

http://www.patent.gov.uk/about/consultations/conclusions.htm

Aquí comentarios sobre la situación estadounidense, me ha impresionado la patente de como evadir impuestos con la VISA:

http://www.nolo.com/article.cfm/pg/4/objectId/C2DBFF26-7097-4B7B-AE36DA00499851EE/catId/4EE6A6F9-FECA-4AF7-A0E454029D2AEA58/111/277/167/ART/

Este link me interesa a mi porque habla de fechar los documentos recuperados en internet (perdona que te use de deli.icio.us :) )

http://www.uspto.gov/web/menu/pbmethod/aiplafall02paper.htm

La verdad es que no me los he leido, mañana si tengo tiempo les echo un vistazo para comentarlos.

¡buenas noches!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Un esbozo de discusión en la wikipedia reenvía a la dissión sobre patentes de software:</p>
<p><a href="http://en.wikipedia.org/wiki/Talk:Business_method_patent" rel="nofollow">http://en.wikipedia.org/wiki/Talk:Business_method_patent</a></p>
<p>¿por qué será que no me sorprende? <img src='http://www.blogespierre.com/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Aquí hay ejemplos de patentes europeas polémicas:</p>
<p><a href="http://www.iusmentis.com/patents/businessmethods/epoexamples/" rel="nofollow">http://www.iusmentis.com/patents/businessmethods/epoexamples/</a></p>
<p>Aquí hay consideraciones del la oficina inglesa de patentes (del 2001 al 2004):</p>
<p><a href="http://www.patent.gov.uk/about/consultations/conclusions.htm" rel="nofollow">http://www.patent.gov.uk/about/consultations/conclusions.htm</a></p>
<p>Aquí comentarios sobre la situación estadounidense, me ha impresionado la patente de como evadir impuestos con la VISA:</p>
<p><a href="http://www.nolo.com/article.cfm/pg/4/objectId/C2DBFF26-7097-4B7B-AE36DA00499851EE/catId/4EE6A6F9-FECA-4AF7-A0E454029D2AEA58/111/277/167/ART/" rel="nofollow">http://www.nolo.com/article.cfm/pg/4/objectId/C2DBFF26-7097-4B7B-AE36DA00499851EE/catId/4EE6A6F9-FECA-4AF7-A0E454029D2AEA58/111/277/167/ART/</a></p>
<p>Este link me interesa a mi porque habla de fechar los documentos recuperados en internet (perdona que te use de deli.icio.us <img src='http://www.blogespierre.com/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' />  )</p>
<p><a href="http://www.uspto.gov/web/menu/pbmethod/aiplafall02paper.htm" rel="nofollow">http://www.uspto.gov/web/menu/pbmethod/aiplafall02paper.htm</a></p>
<p>La verdad es que no me los he leido, mañana si tengo tiempo les echo un vistazo para comentarlos.</p>
<p>¡buenas noches!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Anónima</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14321</link>
		<dc:creator>Anónima</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Sep 2006 21:31:24 +0000</pubDate>
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		<description>Habría que buscar algún link de los estadounidenses que piensan que es buena idea patentarlos, a ver que dicen...

O ver que problemas les generan...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Habría que buscar algún link de los estadounidenses que piensan que es buena idea patentarlos, a ver que dicen&#8230;</p>
<p>O ver que problemas les generan&#8230;</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: M@x</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14317</link>
		<dc:creator>M@x</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Sep 2006 19:47:57 +0000</pubDate>
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		<description>Anónima,

No puedo explicar el tema de patentes mejor de lo que tú lo has hecho: meridiano. De acuerdo en todo.

Sobre la protección al amparo de los derechos de autor la cosa - conceptualmente se complica - por que, en este caso no se trata de otorgar un monopolio al autor (como ocurriría desde la perspectiva del common law); sino de proteger la obra como un derecho de la personalidad (art. 27.2 de la declaración de derechos humanos); y aquí la cuestión radica en sí ese &quot;modelo de negocio&quot; merece protección como derecho de la personalidad.

Entiendo que no (aunque me gustaría oir opiniones en sentido contrario). Desde mi punto de vista los &quot;modelos de negocio&quot; se encuentran más cerca de la protección de sus signos distintivos (marcas...colores...) y la competencia desleal, en el sentido que apuntaba Jomra; pero sin caer en el abuso de derecho (por ejemplo, que Coca Cola pudiera impedir el registro de Pepsi Cola...o Cola - Cao por coincidir en su marca el campo delimitativo &quot;COLA&quot;).

En definitiva, no creo que los modelos de negocio merezcan protección ni como patentes (monopolio), ni como derechos de autor (derecho de la personalidad)... pero, dado que se ha abierto el debate, me gustaría &quot;exprimirlo&quot; a ver si llegamos a algún sitio ;)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Anónima,</p>
<p>No puedo explicar el tema de patentes mejor de lo que tú lo has hecho: meridiano. De acuerdo en todo.</p>
<p>Sobre la protección al amparo de los derechos de autor la cosa &#8211; conceptualmente se complica &#8211; por que, en este caso no se trata de otorgar un monopolio al autor (como ocurriría desde la perspectiva del common law); sino de proteger la obra como un derecho de la personalidad (art. 27.2 de la declaración de derechos humanos); y aquí la cuestión radica en sí ese &#8220;modelo de negocio&#8221; merece protección como derecho de la personalidad.</p>
<p>Entiendo que no (aunque me gustaría oir opiniones en sentido contrario). Desde mi punto de vista los &#8220;modelos de negocio&#8221; se encuentran más cerca de la protección de sus signos distintivos (marcas&#8230;colores&#8230;) y la competencia desleal, en el sentido que apuntaba Jomra; pero sin caer en el abuso de derecho (por ejemplo, que Coca Cola pudiera impedir el registro de Pepsi Cola&#8230;o Cola &#8211; Cao por coincidir en su marca el campo delimitativo &#8220;COLA&#8221;).</p>
<p>En definitiva, no creo que los modelos de negocio merezcan protección ni como patentes (monopolio), ni como derechos de autor (derecho de la personalidad)&#8230; pero, dado que se ha abierto el debate, me gustaría &#8220;exprimirlo&#8221; a ver si llegamos a algún sitio <img src='http://www.blogespierre.com/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> </p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Jomra</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14314</link>
		<dc:creator>Jomra</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Sep 2006 11:00:15 +0000</pubDate>
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		<description>Saludos

Me ha gustado la parte que trata sobre los signos internos de una empresa (típico ejemplo, la estética total de TelePizza, uniformes, formas, nombres y todo eso), que si no mal recuerdo, sí podría quedar protegido por el derecho a la competencia en cuanto a la confusión en los productos/servicios. Esto es, otra tienda no podrá ponerse todo &quot;parecido&quot; (aunque no esté registrado) porque busca, claramente, confundir al público para que entre pensando que encontrará a un franquiciado en concreto y no a otra empresa...

Pero esa es la parte externa del negocio (que muchas veces es donde está el hecho diferencial), otros negocios o formas de negocio que no sean procedimientos industriales en esencia no tiene sentido dotarles de una protección específica para fomentar nada (la publicación de la información tecnológica es la base de las patentes y la protección de las obras para que el creador se beneficie y no cualquier otro el de la propiedad intelectual; signos distintivos y demás en la propiedad industrial tienen como fundamento la buena competencia en el mercado -no confusión y todas esas cosas-), sería más bien contraproducente, y si nos basamos en las patentes para la protección ¿Cómo determinamos qué modelos de negocio son verdaderamente nuevos y no la suma de otros sin darles un estilo realmente único/inventivo?

Es cierto que los negocios sí se copian, y es cierto que muchas veces quien lo copia tiene más capacidad de inversión y con ello te sacará del mercado con tu propio modelo de negocio, pero es lo que hay, así pueden salir muchos competidores en favor del mismo mercado. De la otra forma se restringiría demasiado los mercados, los grandes buscarían &quot;estar solos&quot; con modelos &quot;determinados y protegidos&quot;.

Hasta Luego ;)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Saludos</p>
<p>Me ha gustado la parte que trata sobre los signos internos de una empresa (típico ejemplo, la estética total de TelePizza, uniformes, formas, nombres y todo eso), que si no mal recuerdo, sí podría quedar protegido por el derecho a la competencia en cuanto a la confusión en los productos/servicios. Esto es, otra tienda no podrá ponerse todo &#8220;parecido&#8221; (aunque no esté registrado) porque busca, claramente, confundir al público para que entre pensando que encontrará a un franquiciado en concreto y no a otra empresa&#8230;</p>
<p>Pero esa es la parte externa del negocio (que muchas veces es donde está el hecho diferencial), otros negocios o formas de negocio que no sean procedimientos industriales en esencia no tiene sentido dotarles de una protección específica para fomentar nada (la publicación de la información tecnológica es la base de las patentes y la protección de las obras para que el creador se beneficie y no cualquier otro el de la propiedad intelectual; signos distintivos y demás en la propiedad industrial tienen como fundamento la buena competencia en el mercado -no confusión y todas esas cosas-), sería más bien contraproducente, y si nos basamos en las patentes para la protección ¿Cómo determinamos qué modelos de negocio son verdaderamente nuevos y no la suma de otros sin darles un estilo realmente único/inventivo?</p>
<p>Es cierto que los negocios sí se copian, y es cierto que muchas veces quien lo copia tiene más capacidad de inversión y con ello te sacará del mercado con tu propio modelo de negocio, pero es lo que hay, así pueden salir muchos competidores en favor del mismo mercado. De la otra forma se restringiría demasiado los mercados, los grandes buscarían &#8220;estar solos&#8221; con modelos &#8220;determinados y protegidos&#8221;.</p>
<p>Hasta Luego <img src='http://www.blogespierre.com/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> </p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Anónima</title>
		<link>http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/comment-page-1/#comment-14310</link>
		<dc:creator>Anónima</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 Sep 2006 23:15:23 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.blogespierre.com/2006/09/02/estan-protegidas-las-ideas/#comment-14310</guid>
		<description>¡Hola!

Debo confesar que no me he leido todo lo que citas, pero entiendo que la conclusión es que hoy por hoy no se pueden proteger ni ideas ni conceptos de negocio por medio de patentes de invención.

Personalmente creo que está bien así. No creo que haya que dar monopolios temporales a todo el que quiera tenerlos.

El monopolio que se concede asociado a una patente es un beneficio que la sociedad concede al titular a cambio de una contrapartida: que haga pública su invención para que así otros la conozcan y puedan innovar a partir de ella. La patente también permite que el titular pueda recuperar, gracias al monopolio, más facilmente sus inversiones en investigación.

En el caso de un concepto de negocio, no veo claro:

1- que haya habido una inversión que recuperar
2- se pueda poner en práctica en secreto y por lo tanto se necesite un incentivo para hacerlo público.

Es decir, si el negocio es rentable, pues que se haga. Si no es rentable en regimen de competencia, pues que no se haga, no parece que el darle un monopolio temporal tenga justificación.

En cuanto a la propiedad intelectual lo tengo menos claro, no me parece a mi que se pueda aplicar a un concepto de negocio, pero lo tengo mucho menos claro.

Es una opinión así a bote pronto ¿tú que piensas?

¡abrazos anónimos!

PD: no me acuerdo bien ahora del negocio, pero recuerdo vagamente una discusión con unas personas que querían patentar un negocio que tenía un componente solidario. Algo así, pero no era eso, como si quisieran patentar un negocio de recogida y depósito a domicilio de enfermos que necesitan ir a un centro de día. Independientemente de si ese negocio podría superar un criterio de actividad inventiva, no le veo justificación  para que el primero al que se le ocurra satisfacer esa necesidad tenga que tener una exclusiva...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¡Hola!</p>
<p>Debo confesar que no me he leido todo lo que citas, pero entiendo que la conclusión es que hoy por hoy no se pueden proteger ni ideas ni conceptos de negocio por medio de patentes de invención.</p>
<p>Personalmente creo que está bien así. No creo que haya que dar monopolios temporales a todo el que quiera tenerlos.</p>
<p>El monopolio que se concede asociado a una patente es un beneficio que la sociedad concede al titular a cambio de una contrapartida: que haga pública su invención para que así otros la conozcan y puedan innovar a partir de ella. La patente también permite que el titular pueda recuperar, gracias al monopolio, más facilmente sus inversiones en investigación.</p>
<p>En el caso de un concepto de negocio, no veo claro:</p>
<p>1- que haya habido una inversión que recuperar<br />
2- se pueda poner en práctica en secreto y por lo tanto se necesite un incentivo para hacerlo público.</p>
<p>Es decir, si el negocio es rentable, pues que se haga. Si no es rentable en regimen de competencia, pues que no se haga, no parece que el darle un monopolio temporal tenga justificación.</p>
<p>En cuanto a la propiedad intelectual lo tengo menos claro, no me parece a mi que se pueda aplicar a un concepto de negocio, pero lo tengo mucho menos claro.</p>
<p>Es una opinión así a bote pronto ¿tú que piensas?</p>
<p>¡abrazos anónimos!</p>
<p>PD: no me acuerdo bien ahora del negocio, pero recuerdo vagamente una discusión con unas personas que querían patentar un negocio que tenía un componente solidario. Algo así, pero no era eso, como si quisieran patentar un negocio de recogida y depósito a domicilio de enfermos que necesitan ir a un centro de día. Independientemente de si ese negocio podría superar un criterio de actividad inventiva, no le veo justificación  para que el primero al que se le ocurra satisfacer esa necesidad tenga que tener una exclusiva&#8230;</p>
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