enmendar la plana

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enmendar la plana

On septiembre 18, 2005, Posted by , In derecho,derechos de autor, With 1 Comment

La copia privada es, con toda probabilidad, el buque insignia de quienes defendemos el libre acceso a la cultura como aplicación práctica de la doctrina de libre comercio, libertad de establecimiento, y libre circulación de bienes y servicios; doctrina que inspira toda la normativa comunitaria y que, entiendo, debería ir más allá de las fronteras de la U.E. hasta eliminarlas por completo (también en Melilla…pero esa es otra historia y será contada en otro momento); y es en este punto – con matizaciones – donde el pensamiento liberal y el ideario progresista encuentran un punto de encuentro que se distancia del marxismo y el capitalismo radical ; y que podría (y debería) acercar posturas en otros ámbitos.

Así, la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001 , contempla en sus artículos 51.1 y 5.2 los límites a los derechos de patrimoniales de autor ( en el 5.1 la excepción obligatoria para copias técnicas, y en el 5.2 una extensa relación de excepciones potestativas) y, mientras Estados que no la contemplaban (como es el caso de Austria y Países Bajos) incorporan a su ordenamiento la copia privada, España (is different), rizando el rizo, en arriesgado salto mortal con doble tirabuzón nos presenta la infumable excepción con límites: la copia privada pero poco, el sí pero no…hasta 3 (como los tres cerditos).

¿ésto es todo lo que se le ocurre a un gobierno progresista? ¿o es acaso el advenimiento del marxismo capitalista como nuevo pensamiento político?

Por ahora los progresistas, que en España, están en minoría, ya han hablado. A los liberales (como a todos) les han ampliado el plazo:

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES CONGRESO DE LOS DIPUTADOS VIII LEGISLATURA Serie A: PROYECTOS DE LEY 14 de septiembre de 2005

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado ampliar el plazo de presentación de enmiendas al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, hasta el día 27 de septiembre de 2005, debiendo presentarse las enmiendas durante la prórroga en el Registro de la Secretaría General de la Cámara en el horario establecido.

off topic (o no): no intenten acceder a la güé del Congreso con otro navegador que no sea I.E.

One Comment so far:

  1. TPerez dice:

    Os invito a que visiteis el siguiente enlace sobre las reformas que en materia de propiedad industrial e intelectual está llevando a cabo el Gobierno:

    http://stage.premium.vlex.com/actualidad/especiales/Reforma_Propiedad_Intelectual_e_Industrial/2500-LPI,05.html

    Un saludo.