Telecinco Vs. Youtube | Medidas cautelares

Home  >>  Nuevas Tecnologías  >>  Telecinco Vs. Youtube | Medidas cautelares

Telecinco Vs. Youtube | Medidas cautelares

Ya nos hicimos eco de la noticia en su momento, pero la saga continúa.

Según informaba ayer El Mundo, el auto acordando medidas cautelares decretaba:

«la suspensión de la utilización de las emisiones y grabaciones audiovisuales cuyo derecho de propiedad intelectual pertenecen a Gestevisión Telecinco Cinema SAU, en el sitio web operado por Youtube, mientras que no cuenten con la autorización expresa y por escrito de Telecinco y Telecinco Cinema»

Habrá quien piense que se trata de un atentado a la libertad de la red; por que todavía hay quien cree que el gigante estadounidense y sus filiales han llegado a la red para salvar al mundo parapetados tras su don´t be evil sin percibir por un lado la acumulación de poder que entrañan las acciones del buscador de buscadores y, por otro lado, el negocio puro y duro que persigue la compañía nacida en Stanford (humm … Stanford … ¿casualidad o causalidad?)

Lo cierto, no me cansaré de repetirlo, es que el conocido portal de videos se asegura contractualmente (para ésto no utilizan licencias 😉 ) la cesión de los derechos de autor de los audiovisuales alojados en su portal … lo que me lleva – es lo tiene dejarse llevar por el teclado en una calurosa mañana del mes de julio – a plantearme algunas preguntas al margen de la presunta violación de derechos de autor:

1ª.- Si youtube es el titular de los derechos sobre videos de contenido racista, xenófobo … etc ¿no será también responsable – al menos responsable civil – de las consecuencias de su distribución?

A está pregunta me responderán, probablemente que no, en absoluto … ¡ que para eso hay un contrato suscrito con quienes suben los videos a la plataforma que exonera a Youtube de toda responsabilidad!

Y, a quienes digan ésto habrá que recordarles que ese «contrato» no cumple con las exigencias de protección a los consumidores que impone la Unión Europea; de donde se sigue que se trataría de cláusulas abusivas y cualquier Juez las consideraría nulas de pleno derecho. Quizás, sólo quizás, el buscador de buscadores pueda escurrir el bulto (entiendan responsabilidad) ante las jurisdicciones en las que no cuente con domicilio estable (lo que no es aplicable al caso de España).

2ª.- Como titular de los derechos de propiedad intelectual de las obras audiovisuales que explota a través de su plataforma ¿cabría la posibilidad de que Youtube, o su empresa madre, se asociaran a una entidad de gestión colectiva de derechos de autor y reclamaran su porcentaje del canon?

Ciertamente si vía contractual son cesionarios de todos los derechos de explotación de las obras audiovisuales alojadas en su plataforma y cuentan con domicilio social en España no veo obstáculo para su ingreso, por-decir-algo, en la SGAE (aunque quizás algún ablogado más ducho es estos temas nos pueda arrojar un poco de luz sobre el particular).

Evidentemente parecería una perversión de la normativa sobre derechos de autor que la plataforma de videos recaudara por esta vía cantidad alguna amparándose en contratos leoninos perfeccionados con consumidores y usuarios; sin embargo, cuando son las propias cadenas de televisión, algunas de capital público, las que voluntariamente (¡cómo si les sobrara el dinero el contribuyente!) suscriben el contrato de cesión de derechos con el gigante estadounidense desaparecería el tratamiento tuitivo que merecen los consumidores y usuarios y el contrato celebrado en línea podría ser válido en Derecho en todas sus cláusulas y, en este caso sí, youtube sería cesionaria con todas las bendiciones de nuestro ordenamiento jurídico de los derechos de propiedad intelectual de las obras audiovisuales que los organismos de radiodifusión voluntariamente han alojado en su plataforma.

En el fondo, y respecto de las cadenas de televisión que optan por alojar sus contenidos cediendo sus derechos de autor, lo de youtube es la versión 2.0 del timo de la estampita que nos mostrara el magistral Toni Leblanc en aquellas entrañables películas en blanco y negro.

Telecinco ha abierto la caja de Pandora y, en plena época de desaceleración de la economía española (eufemismo), no me extrañaría que el abandono gratuito de los derechos sobre obras audiovisuales pagadas con dinero público fuera utilizado por algún político en el poder para buscar un cabeza de turco.

2 Comments so far:

  1. Jomra dice:

    Salud

    Lo increíble es escuchar cosas como «a Tele5 le conviene que sus vídeos salgan en Youtube», «no pierden nada por gusto se quejan» o «es poner puertas al campo o querer controlar la sociedad», y demás similares… Pero creo que era Andy Ramos el que recordaba uno de los negocios de las televisiones, y era cobrar por la retransmisión para zappins y otros programas, y que gracias al invento de Youtube, en vez de pagar los derechos a la cadena, ponen directamente las imágenes de youtube (y no olvidemos, Youtube permite esos usos), con lo cual, no les conviene PARA nada que los usuarios suban sus vídeos a la plataforma del gigante gringo (que sí que hace negocio, claro que lo hace). Sin contar con que ellos tienen su propia plataforma con vídeos y suben lo que quieren…

    Para acabar, estoy totalmente de acuerdo: Youtube es el titular de los derechos, es el responsable de los mismos. A pagar cuando toca (o al menos, tener suficiente diligencia para eliminar los vídeos en cuanto se les pide, cosa que en este caso no han hecho, en otros sí que lo hacen).

    Hasta luego 😉

  2. M@x dice:

    Ciertamente resulta muy curioso que los «amantes del todo gratis», los que dicen lo que has escrito más arriba, son los primeros que no mueven un dedo (generalmente una tecla) si no está la pasta por delante … cultura libre no tiene por que ser, necesariamente, cultura gratis 😉