Archivo de septiembre de 2005

es un trabajo sucio…

elmurodelavergüenza

fuente: el país

descubriendo la blogocosa en la Universidad San Jorge

Llegué demasiado tarde al podcast, y no quería que ocurriera lo mismo con el videostreaming, así que al tiempo que jugaba con unos amigos descubriendo la blogocosa y sus herramientas, me he decidido a experimentar.

Problema, mi nokia no tiene la definición que me gustaría; por suerte uno tiene amigos en todas partes

¿disidencias con la cúpula del PP?

Entrevista a Lorenzo Abadía en Generación XXI; me quedo con esta frase del político aragonés:

“¿Y qué decir del software libre? Si realmente se puede democratizar la sociedad de la información es a través del software libre, que proporciona una igualdad de oportunidades sin precedentes. Toda administración debería estar dando a conocer su existencia y extendiendo su uso. No conozco ninguna que haya hecho una apuesta sobre el software libre a la altura de su importancia.”

No me parece ocioso recordar que fue el Gobierno del partido popular, a través de su entonces Ministro de Administraciones Públicas (vds. recordarán quien era ;) ) quien abortó el proyecto Rhodas, del que hemos hablado en alguna ocasión, y puso los pilares del actual – ¿muerto o dormido? – Lexnet.

¿demagogia, opción personal o política de partido?

Más fácil, más blog…siempre, BLOGIA

Lo están contando por todas partes .

ya ha nacido la criatura:
Blogia 2

en beta “comme il faut”; y es que…secretos como éste son imposibles de guardar en caja de siete llaves.

Ha empezado el otoño…y ésto es sólo el principio.

Europa empieza en los Pirineos

Hace unos días, en el programa de Buenafuente, y a raíz de la “llegada de las nuevas tecnologías al Congreso de los Diputados” se bromeaba a cuento de los sonidos que abrirían y cerrarían las sesiones de la Cámara a partir de ahora; los sonidos – como podrán imaginar – eran los del conocido sistema operativo de Redmon, “iniciar sesión” y “cerrar sesión”.

Después de reirle la gracia (muy ocurrente el humorista y presentador catalán), no pude reprimir una expresión de fastidio.

Ciertamente la “coña” no era sino reflejo de una realidad, y la realidad es que Nuestra Cámara Baja se ha dotado de PC´s con sistema operativo windows, pasándose por el forro la normativa comunitaria (y nacional) sobre utilización de software de código abierto en la Administración.

Mucha pompa y boato (recuerden las imágenes de ayer en todas las televisiones) a cuento de la entrega de los presupuestos en formato CD, “con el consiguiente ahorro de papel”, y poco explicar a los ciudadanos el pastizal que vamos a pagar en licencias al Sr. Gates; eso por no hablar de la negligencia que representa que los datos e información – suponemos – confidencial de nuestros “representantes” esté en manos de una multinacional usaniana.

En los países civilizados (y ya saben a cuales me refiero) no pasan estas cosas; pero, claro, aquí seguimos empeñados en hacer buena aquella expresión que tanto molestaba a nuestros políticos de que Europa empieza en los Pirineos.

radares recaudatorios (reloaded)

Si el Estado lo hace, el ayuntamiento maño no va a ser menos; fijense vds. la estrategia de nuestras fuerzas de seguridad municipales – siempre velando por la seguridad de los que pagamos su sueldo – para conseguir que el sufrido contribuyente infrinja involuntariamente la ley.

Me lo ha contado un amigo que prefiere permanecer en el “economato”; así que, como siempre, no crean lo que les cuento que me han contado…compruebenlo!

“Según las ultimas informaciones hay un nuevo radar que todavía no
he podido localizar. Se trata de un Opel Corsa color gris de ultima
generación. Si alguno lo ve y copia la matrícula se podrá completar esta lista. Es letra DMD.

También según la P.L. se van a instalar otros 3 nuevos radares, con
lo que la información siempre es útil si veis alguno mas de los que os
mando

Los Astra son radares móviles puros (te pueden cazar tanto en
estático como en movimiento) con lo que hay que tener precaución a la hora de
circular por avenidas pues se te colocan atrás como “presionándote” para que por
instinto aumentes la velocidad
. Ir muy pendientes del espejo retrovisor en
grandes avenidas (Avda. Navarra, Tercer cinturón, Avda. Goya, Camino las
Torres, Avda. Ranillas, Pablo Ruiz Picaso, Valle de Broto, Puente las
Fuentes, Salvador Allende, etc.) y si veis que algún coche se pone detrás de
vosotros repentinamente, tener cuidado.

El Corsa, sólo te puede cazar estando parado, y tiene varias
ubicaciones. (enfrente hotel Boston dirección las Fuentes, Avda. ranillas,
Ultimo semáforo e inicio del puente en Pablo Ruiz Picasso dirección
Salvador Allende, Avda Navarra detrás de marquesina de autobús justo
enfrente de automoción aragonesa (Wolkswagen) en dirección al Continente,
Inicio tercer cinturón desde Isabel la Católica antes de empezar la cuesta que
lleva hacia el cementerio(Ojo por que están aquí muy escondidos hacia la
derecha). Valle de Broto junto con Puente de la Almorzara (Detrás de la
Maquina de Tren).”

Si las cosas son como a mí me las han contado – “no quito ni pongo rey” – tal vez el comportamiento descrito pudiera tener acomodo en algún tipo definido en el código penal.

Quemar las naves

” Y, para evitar, deserciones, motines, y levantar el animo, tomó una decisión fundamental, de cortar toda la retirada a los indecisos, es decir, mandó quemar o hundir las naves, quedando la frase como “quemar las naves” similar a la de “pasar el Rubicón”, como impedir toda posibilidad de retroceso o de huida. Así pues, Cortés ponía a toda su tropa en la única disyuntiva de seguir hacia delante, en una de las epopeyas más grandes en la historia de la humanidad, de que un grupo de unos cientos de hombres, se apoderasen de todo un imperio poblado por millones de personas. “

fuente: enciclopedia

Recargando pilas

panticosa

En el corazón del Pirineo, con un acceso por carretera para “esforzados de la ruta” conexión de 2 Mb en todas las habitaciones, gratuíta para los clientes (ya comenté en algún otro lugar que el acceso a Internet era “condictio sine qua non” en mi elección de alojamiento).

La cocina, de Pedro Subijana , el colofón a un día rodeado de montañas, cascadas, y aire fresco.

Donde dije digo…

Soy un convencido de la compatibilidad entre el libre acceso a la cultura y el (santo) advenimiento de nuevos modelos de negocio para los titulares de derechos (patrimoniales) de autor; y creo que el derecho continental [por ahí, en el blogroll tienen vds. alguno de mis rollos al respecto] puede dar la adecuada respuesta a ambas posturas; sin embargo, cuando leo cosas como ésta me entran ganas de desdecirme.

Decididamente, habrá que ir pensando en algo…

El futuro pertenece a quienes creen en la belleza de sus sueños

sueño

Licencia Pública de la Unión Europea (X)

En la misma línea de exoneración de responsabilidades prevista en artículos anteriores, la EUPL refrena la asunción de responsabilidades por parte de quien/es tuviera/n la intención de perfeccionar acuerdos facilitando garantías – que la propia licencia niega – a terceros usuarios del programa de ordenador, al cargar sobre éstos su propia responsabilidad, y la de todos aquellos que han participado – desde el autor original – en el desarrollo del programa licenciado.

“9. Contrats additionnels

Lors de la Distribution de l’OEuvre Originale ou d’OEuvres Dérivées, Vous pouvez
conclure un contrat distinct pour offrir, contre rémunération, une aide, une garantie,
des indemnités, ou d’autres obligations de responsabilité, et/ou d’autres services
compatibles avec cette Licence. Cependant, en acceptant pareilles obligations, Vous
ne pouvez engager que votre seule responsabilité et en votre nom propre et non au
nom du Donneur de Licence original ou de tout autre Contributeur, et seulement si
vous acceptez d’indemniser, défendre et décharger tout Contributeur de toute
responsabilité, au cas où ces Contributeurs seraient inquiétés d’une manière
quelconque par le fait que Vous ayez accepté pareilles obligations de garantie ou
responsabilités additionnelles”.

En traducción libre:

9.Contratos Adicionales

En el momento de la distribución de la obra original o de obras derivadas, vd. puede concluir un contrato distinto para ofrecer, bajo remuneración, una ayuda, una garantía, indemnizaciones, u otras obligaciones de responsabilidad, y/u otros servicios compatibles con esta licencia. Sin embargo, aceptando semejantes obligaciones, vd no puede comprometer sino su propia responsabilidad y su propio nombre, pero no el del licenciador original o el de cualquier otro contribuyente (programador) , y sólo si vd. acepta indemnizar, defender y eximir de responsabilidades a todo contribuyente (programador) en el caso de que éstos fueran inquietados de cualquier forma por el hecho de que vd. haya aceptado semejantes obligaciones de garantía o responsabilidad adicionales.

Nunca he creído que eximirse de responsabilidades (“contra legem”) sea el mejor modo de difundir conocimientos y fomentar la industria del software – ninguna industria, en realidad – pero cargar sobre quien pretende asumirlas la de toda la cadena de “creación” de un programa de ordenador me parece, aparte una cláusula abusiva, un freno importante para las empresas que, optando por el software libre – que ya es mérito – pretendan hacerlo con arreglo a la normativa protectora de los derechos de los consumidores y del libre mercado.

La EUPL, con este artículo no hace sino fomentar una cadena ilimitada de irresponsabilidad y ausencia de garantías que determinará – aún más – que los consumidores finales de software (particulares y empresas) se decanten por soluciones privativas/propietarias que, aún siendo de código cerrado ponen a disposición de los clientes una garantía que, en última instancia y a pesar del precio a pagar, son determinantes a la hora de la contratación.

enmendar la plana

La copia privada es, con toda probabilidad, el buque insignia de quienes defendemos el libre acceso a la cultura como aplicación práctica de la doctrina de libre comercio, libertad de establecimiento, y libre circulación de bienes y servicios; doctrina que inspira toda la normativa comunitaria y que, entiendo, debería ir más allá de las fronteras de la U.E. hasta eliminarlas por completo (también en Melilla…pero esa es otra historia y será contada en otro momento); y es en este punto – con matizaciones – donde el pensamiento liberal y el ideario progresista encuentran un punto de encuentro que se distancia del marxismo y el capitalismo radical ; y que podría (y debería) acercar posturas en otros ámbitos.

Así, la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001 , contempla en sus artículos 51.1 y 5.2 los límites a los derechos de patrimoniales de autor ( en el 5.1 la excepción obligatoria para copias técnicas, y en el 5.2 una extensa relación de excepciones potestativas) y, mientras Estados que no la contemplaban (como es el caso de Austria y Países Bajos) incorporan a su ordenamiento la copia privada, España (is different), rizando el rizo, en arriesgado salto mortal con doble tirabuzón nos presenta la infumable excepción con límites: la copia privada pero poco, el sí pero no…hasta 3 (como los tres cerditos).

¿ésto es todo lo que se le ocurre a un gobierno progresista? ¿o es acaso el advenimiento del marxismo capitalista como nuevo pensamiento político?

Por ahora los progresistas, que en España, están en minoría, ya han hablado. A los liberales (como a todos) les han ampliado el plazo:

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES CONGRESO DE LOS DIPUTADOS VIII LEGISLATURA Serie A: PROYECTOS DE LEY 14 de septiembre de 2005

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado ampliar el plazo de presentación de enmiendas al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, hasta el día 27 de septiembre de 2005, debiendo presentarse las enmiendas durante la prórroga en el Registro de la Secretaría General de la Cámara en el horario establecido.

off topic (o no): no intenten acceder a la güé del Congreso con otro navegador que no sea I.E.

Montilla dice

Leído en Retiario
Que el ministro de industria recalque la “conciliación entre los intereses de los creadores y de la industria” puedo entenderlo; lo que no entenderé nunca es que ese mismo punto de vista lo mantenga la ministra de ¿cultura?

Ya no son los derechos de autor un derecho natural donde debe primar su componente moral?

Ya nos hemos vendido a la concepción anglosajona de la “propiedad intelectual” donde sólo importan los derechos de explotación?

Además del I.E. hay otros navegadores

esta es la información que me proporciona webstats referido al mes de septiembre, en los accesos a esta bitácora (los datos de webalizer y site meter son muy semejantes)

navegadores

Estos datos, en buena lógica, no son extrapolables; atendiendo, por ejemplo, a los que facilita el mismo contador para la web del R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza:

Sin embargo, y aunque sólo sea por motivos “comerciales” (ya que los motivos legales se les dan una higa), nuestra Administración debería hacer un esfuerzo para que sus webs fueran accesibles desde otros navegadores distintos del I.E.

Licencia Pública de la Unión Europea (IX)

“8. Exclusion de Responsabilité
A l’exception de ce que la loi applicable impose, le Donneur de Licence ne sera en aucun cas responsable d’aucun dommage, quelle qu’en soit la nature, direct ou indirect, matériel ou moral, qui surviendrait de la Licence ou de l’utilisation de l’OEuvre, y compris sans s’y limiter, des dommages causés par la perte de clientèle, arrêt de travail, mauvais fonctionnement ou arrêt de matériel informatique, perte de données, ou tout autre dommage commercial, même si le Donneur de Licence avait connaissance de la possibilité de pareils dommages.

Que, en traducción – absolutamente – libre:

8. exclusión de responsabilidad

A excepción de lo que imponga la ley aplicable (he preferido una traducción literal para mejor comprensión del sentido que se pretende), el licenciador no será responsable, en ningún caso de ningún daño, sea cual sea su naturaleza, directo o o indirecto, matrial o moral, resultante de la licencia o de la utilización de la obra (original), incluyendo sin limitar *, perjuicios causados por la pérdida de clientela, paro de trabajo, mal funcionamiento o paro del material informático, pérdida de datos, o cualquier otro perjuicio comercial; incluso si el licenciador tuviera conocimiento de la posibilidad de perjuicios semejantes.

* una traducción más ajustada a nuestro ordenamiento sería: “a título enunciativo, pero no limitativo, se excluyen…”

Las cláusulas de exclusión de responsabilidad, tan en boga en el mundo anglosajón, no pretenden sino disuadir al usuario del ejercicio de acciones; y la contenida en la EUPL – en los términos en que se ha redactado – bebe de las mismas fuentes; por lo que podría calificarse – como mínimo – como cláusula anulable.

Sería deseable una redacción más acorde con las normas comunitarias – sobre todo tratándose de un documento elaborado, al parecer, en el seno de la U.E. – con un reconocimiento explícito de la responsabilidad por producto en lugar de la vaguedad y efectos disuasorios que se pretenden con la fórmula: “A l’exception de ce que la loi applicable impose”

Como puden comprobar, y según vamos entrando en el clausulado de la “licencia”, cada vez es más licencia, y menos europea

licencia pública de la unión Europea (VIII)

La cláusula siete de la EUPL colisiona, en su actual redacción, con los derechos de los consumidores y usuarios (materia que la U.E. ha tratado, y trata, con exquisito respeto); quizás sería recomendable que la “exclusión de garantías” que preconiza estuviera especialmente resaltada y en negrita e, incluso (como se predica en nuestro ordenamiento de los contratos de adhesión) , que contemplara la posibilidad de prestar el consentimiento – aunque, claro, en tal caso no estaríamos ante una “licencia”

“7. Exclusion de garantie

l’OEuvre est fournie sous la Licence telle quelle, sans aucune garantie d’aucune sorte la concernant, y compris de manière non exhaustive quant à sa commercialisation, l’aptitude à remplir une fonctionnalité déterminée, l’absence de défauts ou erreurs, l’efficacité, la non violation de droits intellectuels autres que le droit d’auteur. Cette exclusion de garantie est une part essentielle de la Licence et une condition pour la concession de droits sur l’OEuvre.

la traducción (libre):

7. Exclusión de garantía

La obra (original) se suministra bajo la licencia tal cual, sin ninguna garantía de ningún tipo, comprendiendo de manera no exahustiva por lo que se refiere a su comercialización, la aptitud para desempeñar una funcionalidad determinada, la ausencia de defectos o errores, la eficacia, la inviolabilidad de derechos de autor de terceros distintos al autor. Esta exclusión de garantía es una parte esencial de la Licencia y una condición para la concesión de derechos sobre la obra.

Desde un punto de vista más pragmático que jurídico, y sin perjuicio de las objeciones citadas más arriba, personalmente, no me queda claro a quien puede interesarle un programa de ordenador respecto del cual su autor no garantiza siquiera – si he traducido bien – la inviolabilidad de derechos de autor de terceros…cualquiera se atreve a utilizar un programa de ordenador sobre que el propio autor avisa que pueden estarse infringiendo derechos de terceros!

UPDATE 15-09-05: En la versión en inglés, como bien apunta J. Prenafeta, parece que el sentido de esta cláusula – mezclando, al más puro estilo anglosajón, la propiedad industrial con los derechos de autor – es, pura y simplimente “lavarse las manos” respecto de los derechos de propiedad industrial del programa de ordenador “licenciado”…peor me lo ponen!

…y el sol

http://prettyview.com/96to98/wavesunsets.shtml

¿el mar…la mar…?

 

Acta de Registro

Tu registro online de documentos electrónicos

El mar…la mar…

óleo de Esteban Arriaga

¿demagogia? …quizás sí…o quizás no

Algunos intuíamos que las “últimas cruzadas” no tenían nada de defensa de la democracia, y mucho de carburantes; y que la pena de muerte, Guantánamo o los cortes de mangas al Tratado de Kioto no eran el mejor ejemplo de defensa de los derechos humanos, pero no hicimos nada.

Algunos creímos que la matanza de Tian Anmen podía ser el principio de algo, pero sólo fué la continuación de los capullos de seda en agua hirviendo y las zapatillas de marca, y no hicimos nada.

Algunos sabíamos que hay inmigrantes e inmigrantes, y que las fronteras se abren o se cierran según el color…del dinero, y seguimos consintiendo.

Algunos vemos, en definitiva, como la hipocresía de las grandes corporaciones que gobiernan el mundo fomenta la esclavitud, impone su Derecho y recorta con el beneplácito de nuestros políticos, los derechos civiles (no es nada nuevo, el imperio romano y el imperio español también lo hicieron), echándonos las migajas llamadas derecho de los consumidores – con procedimiento judiciales ágiles y asequibles a todos los bolsillos, a modo de “defensor del cliente”. La diferencia es que hoy no es un Estado (entiendan el término como les plazca, que no estoy hoy para discutir sobre nacionalismos), sino una empresa (o varias) quien comete tales desmanes.

Y, como para casi todo, los defensores de este sistema tenían la coartada perfecta: el estado del bienestar y – sobre todo – la seguridad del primer mundo; millones de consumidores preocupados sólo del ripeo, la subida de la gasolina y el partido del domingo en el canal de televisión de pago…

…y llegó Katrina, y puso las cosas en su sitio (es lo que tiene la naturaleza), y nos sacó las vergüenzas a la vista de todos, y donde se pretendía estado de bienestar nos encontramos con seres humanos hacinados en polideportivos, dejados a su suerte por el Estado más poderoso de la tierra (que recordaba al Chile de los peores sueños); ese “gran” país pretencioso y prepotente que se atribuye el gentilicio de todo un continente; y dónde se pretendía seguridad…

Con la caída del imperio romano llegó la barbarie, con la caída del imperio español llegaron las dictaduras, ¿qué nos espera de la caída del capitalismo radical?

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