Apaga y vamonos

Esto es lo que me he encontrado en la web oficial del Registro Mercantil  Central de España.

Ni LSSICE, ni LOPD… ni leches!

prueben el acceso “para todos los usuarios” ;)

Esta claro que la única ley que le preocupa al Gobierno es la Ley de acoso a los fumadores.

El blog de Miguel Angel Mata

Miguel Angel Mata es un joven abogado afincado en Madrid especialista en Derecho de las Nuevas Tecnologías, que se suma a los Prenafeta, Bravo, Ramos, Muñoz y Muñoz.

Relevo generacional de la “quinta del amstrad” (a la que pertenezco ;) ) que asegura la pervivencia del debate jurídico en la blogocosa hispana.

“Las redes sociales en Internet potencian las relaciones personales”

Lo cuenta Fernand0 en el número de agosto de la revista CNR, en un artículo titulado ‘Redes sociales. Revolución on line’. Corto y pego:

P. ¿Estas redes sociales son una moda pasajera o un fenómeno que está haciendo evolucionar el panorama de internet? Si es así, ¿cuál es el panorama futuro?

R. No creo que se trate sólo de una moda y creo que le dan valor al uso que hace la gente de la red: ya no se trata sólo de consumir lo que otros producen sino que cada uno puede aportar lo que más le guste o le convenga. El futuro es muy difícil de predecir pero parece que tendrá que ver con añadir y fomentar esta componente social en muchos sitios de internet.

Es bueno que en los medios vaya desapareciendo esa idéa de que Internet es un nido de maleantes ;)

Declaración de Zaragoza

Días pasados hablando con un amigo sobre el tema me comentó que “seguro que debe de estar muy bien… pero que le daba pereza leerse un rollo de abogados”… y pensé que, tal vez lo que le daba pereza era pinchar un enlace sin saber cuan largo era el “rollo” que le esperaba y, echando un ojo a mis entradas habituales, constato - y vds. me dirán si yerro - que no es más larga que cualquiera de las entradas de esta y otras bitácoras; así que… bueno, aquí la tienen ;)

“Los abajo firmantes consideran que las herramientas jurídicas desarrolladas a partir de la tradición romano-germánica que inspira las legislaciones nacionales de los paises que integran Iberoamérica pueden dar respuesta a las necesidades de regulación del ciberespacio con respeto a la soberanía nacional de los Estados, la libre circulación de bienes y servicios y las libertades individuales.

Y, concretamente, respecto de las bitácoras personales, sus contenidos y los sistemas de alojamiento de bitácoras el Derecho Romano-germánico ha desarrollado regulaciones que requieren la armonización normativa con otros Estados y no generar desarrollos insulares, de modo tal que satisfagan las necesidades de la sociedad civil, el sector privado y los Estados.

En lo que respecta a la naturaleza jurídica de las bitácoras; y sin negar la existencia de diferentes modelos de negocio a partir del formato “weblog”, lo cierto es que las bitácoras personales, entendidas como “diario personal en línea” o “cuaderno de bitácora” se configuran como un medio de comunicarse y no necesariamente como un medio de comunicación; de donde se deriva un régimen de responsabilidad subjetivo y personal.

En lo que respecta a la protección de la intimidad de los usuarios de la red se propone un modelo jurídico que puede tener como referencia los avances de la normativa de la Unión Europea, con especial atención a los flujos internacionales de datos personales; incentivando el sometimiento a las normativas garantes de la privacidad y la autodeterminación informativa; sin que el domicilio del prestador de servicios de alojamiento de contenidos suponga una desventaja competitiva en el mercado global.

En relación al binomio protección/difusión de contenidos digitales se propugnan soluciones que, buscando el necesario equilibrio entre los derechos de propiedad intelectual de los derechohabientes y el libre acceso a la cultura de los usuarios, permitan la necesaria seguridad jurídica a través de contratos en línea que reflejen la voluntad de los derechohabientes y de los usuarios de la cultura; favoreciendo aquellas soluciones contractuales que contribuyan a la libre circulación del conocimiento sin merma de la protección de los derechos morales entendidos como derechos de la personalidad y favoreciendo la libertad de autogestión.

Por último constatamos que las bitácoras personales se presentan como una herramienta fundamental para el desarrollo de la democracia participativa y para la necesaria interrelación entre la administración y los ciudadanos, en los mecanismos de participación ciudadana, transparencia de la gestión pública y acceso a la información.

Es voluntad de los abajo firmantes recabar la adhesión a la presente Declaración a las instituciones públicas y privadas de Iberoamérica volcadas en el estudio y regulación del ciberespacio desde la perspectiva del derecho romano germánico.”

Zaragoza, 6 de Junio de 2.006

adherirse a la Declaración de Zaragoza

“El Mundo” juez y parte sobre los derechos de autor

“En particular, MUNDINTERACTIVOS se opone de manera expresa a que la reproducción de sus páginas pueda ser considerada una cita en los términos previstos en el artículo 32, 1º párrafo segundo, de la ley de propiedad intelectual.”

(aviso legal de “El Mundo” versión digital)

El extracto “supra” citado al amparo del artículo 32 L.P.I. (digan lo que digan los Sres. de MUNDINTERACTIVOS) se encuentra en el “presunto” blog (noten que utilizo el anglicismo ;) ) de la periodista Victoria Prego…sin embargo, en los avisos legales no he visto - no digo que no esté…digo que no lo he visto - ninguna mención a los derechos morales.

Meme del verano…o del año

Vía abladias y Sonia Blanco se reproduce - en cada bitácora con diferentes matices - la cuestión de la profesionalización de ésto del bitacoreo.

Se trasluce la sensación de hipocresía que llevamos tiempo arrastrando con la discusión de si las bitácoras son o no un medio de comunicación y la mal disimulada envidia a aquellos que viven del ad sense o similar.

No le falta razón al Sr. Polo cuando alude a la tradición judeo-cristiana (la culpa), ni a la Dra. Blanco cuando haba de verdades a medias… pero no debemos olvidar que el gusto por lo - aparentemente - gratis lo hemos importado de fuera.

¿Qué me dicen si no del ambigüo discurso de los defensores del software libre?

En las charlas (3JTASL, sin ir más lejos) y en sus sitios web dejan muy claro que son una opción - que comparto, todo sea dicho de paso - a favor de la industria del software frente a los monopolios estadounidenses y japoneses…una defensa de nuestra - europea - manera de entender los derechos de autor y de lobbye frente al monopolio foráneo (lease Microsoft…principalmente); y para ello no dudan en contratar los servicios de una potente consultora con más de 3500 empleados.

¿Y de las “entidades sin ánimo de lucro”?

¿Creen acaso que existe alguna diferencia - aparte la formula societaria impuesta por la diferente legislación - entre la Sociedad General de Autores y Editores, Creative Commons, Ltd y las decenas de Cajas de Ahorros asentadas en España? (todas ellas “sin ánimo de lucro” conforme a su forma societaria y sus estatutos sociales).

En el mundo de las bitácoras, entiendo - humildemente - que va siendo hora de que asumamos, sin hipocresías, quien tiene una bitácora por que le apetece, quien pretende ser un medio de comunicación y quien montó el blog para obtener lucro directo con la publicidad (u otras cosas que se me escapan)…eso sí, que cada palo aguante su vela. Quien mantenga una bitácora como un modelo de negocio que se someta a las cargas de la tienda de pipas de la esquina, y quien se alce como “mass media digital” que acate las obligaciones (también fiscales) de los medios tradicionales.

Vivimos (en España, aunque se puede trasladar a otros paises) en un Estado capitalista, Social y de Derecho…quizás, al igual que Weblogs, S.L. (a los que, a título personal, pediría más transparencia ;) ) haya que empezar a salir del armario del “altruismo”.

Labour Electronic Signature

El proyecto se presentó ya en la I Jornada E-derecho y Sociedad del Conocimiento, el 5 de noviembre de 2004, organizada por la Sección de Derecho de Internet y NN.TT. del ReICAZ (antes se había presentado en otros foros). Cuenta con el apoyo del Colegio de Graduados Sociales y del Gobierno de Aragón.
Desde hace unos días cuenta con su propio sitio web, donde se explica con detalle el innovador proyecto del abogado zaragozano Roberto Ferrer, que será presentado a la comunidad científica internacional el próximo día 8 de septiembre en el VI Congreso Mundial de Derecho Informático.

3JTASL - TERTULIA CONOCIMIENTO LIBRE

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Una delicia escuchar a Sonia, Fernand0 y JJ. Estaba muy cansado por el viaje y no tomé notas :( …pero no preocuparse, lo grabaron todo en video ;)